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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2236/19: Convenio con Nuevo Central Argentino sobre otorgamiento del predio ferrocarril Solis.


ORDENANZA Nº 2236

Visto:              
El Expediente Nº 4101-6845/19 , en el cual se  encuentra glosado un convenio de derecho de uso precario de espacios de estación, suscripto entre la Empresa Nuevo Central Argentino S.A.  y  la Municipalidad de San Andrés de Giles  , y

Considerando:            
Que el mismo, tiene por objeto el otorgamiento de un permiso de uso precario  – por parte de N.C.A. S.A. en su carácter de concesionaria de la explotación integral del sector de la red ferroviaria nacional – al Municipio  , sobre el predio ubicado en la Estación Solis , que se individualiza en el plano que, como Anexo I, forma parte integrante del presente acto administrativo.

Que el objetivo del citado convenio, es la realización de actividades comunitarias por parte de la Municipalidad, destinadas a los habitantes de la localidad rural de Solis.

Que,  las partes han acordado una vigencia del convenio por todo el término de la concesión ferroviaria, es decir hasta el día 22.12.2022.

Que el expediente de referencia cuenta con los dictámenes pertinentes del Sr. Contador Municipal  y  el Sr. Asesor Letrado de la Comuna;

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a la tramitación de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Homológase el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Empresa Nuevo Central Argentino S.A., - en su carácter de  concesionaria del Estado Nacional, para la prestación del servicio de transporte ferroviario de cargas- que tiene por objeto , el otorgamiento de un permiso de uso precario  sobre el predio ubicado en la Estación Solis . Dicho convenio forma parte de la presente ordenanza ,  como anexo I.

Artículo 2º: Déjase establecido que en cada gasto que sea necesario erogar, deberá requerirse la intervención previa de la contaduría municipal, a efectos de determinar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria de la Municipalidad para afrontarlos.

Artículo 3º:  Autorizase  al D.E. a afectar los fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación asumida en el referido  convenio,  hasta la finalización de la vigencia del mismo. 

Artículo 4º:Regístrese. Comuníquese a la Empresa N.C.A.  , a la Contaduría Municipal, regístrese y archívese.-

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 28 de noviembre de 2019.-

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