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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2233/19: Código Urbano y Territorial.


ORDENANZA Nº 2233

Visto:
La necesidad de dar continuidad al proceso de ordenamiento territorial establecido por el Artículo 75º de la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo Nº 8912/77, incorporando al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de Giles -Ordenanza Nº 1103/06- las modificaciones que surgen a partir de la planificación cotidiana y de los cambios del territorio, y;
Considerando:
Que es imprescindible ordenar el proceso de crecimiento y la necesaria ampliación de las áreas urbanas del Partido; 
Que la ubicación regional de San Andrés de Giles, próximo al Área Metropolitana de la Provincia de Buenos Aires, se verá fuertemente impactado en el próximo desarrollo del territorio urbano y rural, al culminarse la construcción de la Autovía que la conectará directamente con la ciudad de Buenos Aires y de Junín; 
Que existen solicitudes de divisiones de parcelas linderas a las áreas urbanas que deben ser analizadas en el marco de una mirada integral del territorio; 
Que es función del Municipio continuar afianzando la conciencia de la comunidad de la importancia del respeto a normas generales que aseguren un desarrollo ordenado del territorio y la optimización y racionalización del uso de los recursos, aunando en un proyecto compartido entre intereses comunes de la sociedad y los de Privados, que aseguren el mejor hábitat para la población; 
Que es necesario incorporar normas de tejido que colaboren con el nivel de absorción del suelo urbanizado, permitiendo retardar la evacuación de las aguas pluviales a los espacios públicos de calle; 
Que existen acuerdos firmados al día de la fecha que fueron llevados a cabo con el espíritu del presente proyecto, pero que debe concretarse el marco general que permita continuar con la dinámica propia de la gestión del suelo;
Por ello el HCD, en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente: 
ORDENANZA 
Artículo 1º: Modificase Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de Giles, Ordenanza Nº 652/01 y sus modificatorios Ordenanza Nº 745/02 y Nº1103/06, en el capítulo correspondiente al Anexo I – 2.-
Artículo 2º: Modificase el Anexo II del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación de Áreas del Partido de San Andrés de Giles”.- 
Artículo 3º: Modificase el Anexo III del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación y Zonificación del Área Urbana de la Localidad Cabecera del Partido de San Andrés de Giles”.- 
Artículo 4º: Modificase el Anexo III-1 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Solís del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 5º: Modificase el Anexo III-2 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Azcuénaga del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 6º: Modificase el Anexo III-3 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Villa Ruiz del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 7º: Modificase el Anexo III-4 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Cucullú del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 8º: Modificase el Anexo III-5 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Villa Espil del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 9º: Modificase el Anexo III-6 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Villa San Alberto del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 10º: Modificase el Anexo III-7 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Tuyuti del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 11º: Modificase el Anexo III-8 del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación del Área Urbana de la Localidad de Franklin del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 12º: Modificase el Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación y Zonificación del Área Complementaria de la Localidad Cabecera del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 13º: Modificase el Anexo V del Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación y Zonificación del Área Rural  del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 14º: Agréguese el Anexo VI al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación de zonas de Convenios Urbanos de la Localidad Cabecera del Partido de San Andrés de Giles”.- 
Artículo 15º: Agréguese el Anexo VII al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Delimitación de zonas de Convenios Urbanos de las Localidades del Partido de San Andrés de Giles”.-
Artículo 16º: Agréguese el Anexo VIII al Código de Ordenamiento Urbano y Territorial del Partido de San Andrés de giles, “Plano de Restricción de USOS GI2, I1, I2 en Área Rural del Partido de San Andrés de Giles”, siendo el siguiente: 
Artículo 17º: De forma.-
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 28 de noviembre de 2019.-

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