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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2024/17: Convenio para equipamiento del área social.

ORDENANZA Nº 2024

Visto:

El Expediente Nº 4101-0515/17, que contiene las actuaciones inherentes al Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de San Andrés de Giles; y

Considerando:

Que el Objeto del Convenio es el aporte de fondos por parte del Ministerio a la Municipalidad con destino a la compra de equipamiento y de un vehículo utilitario con destino al Centro Integrador Comunitario, sito en la intersección de las calles Rawson y 51, de nuestra ciudad  

Que el equipamiento mencionado será para el Área Social,  Área de Salud (Consultorio Odontológico) del Centro aludido , además de la adquisición del vehículo utilitario ya referido en el párrafo precedente del presente.

Que, al respecto, se han expedido el Sr. Contador y la Srta. Asesora Letrada del Municipio.

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a las tramitaciones de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de San Andrés de Giles cuyo objeto es el aporte de fondos por parte del Ministerio a la Municipalidad con destino a la compra de equipamiento  (Area Social  y Consultorio Odontológico) del Centro Integrador Comunitario sito en la intersección de las calles Rawson y 51, de nuestra ciudad       y a la adquisición de un vehículo utilitario, para uso de los servicios propios del Establecimiento.

Artículo 2º:  En virtud de lo establecido en el último párrafo  del Artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al tratarse de financiamiento con recursos afectados, la ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias se practicarán directamente por el Departamento Ejecutivo, según el monto de los recursos efectivamente autorizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados.  

Artículo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resulte pertinente para el cumplimiento del objeto de la presente ordenanza.

Artículo 4º: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 5 de julio de 2017.-


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