ORDENANZA Nº 2023
Visto:
El Expediente Nº 4101-0475/17, iniciado por la Secretaria de Salud
del Municipio , por el cual se tramita ante el Ministerio de Salud de la
Provincia de Buenos Aires, el otorgamiento al Municipio de dos vehículos para
ser afectados a esa Secretaría; y
Considerando:
Que fundamenta dicha solicitud, en la necesidad de contar con
vehículos de carga, para desarrollar tareas inherentes a la atención de auxilio
sanitario en el Partido de San Andrés de Giles.
Que
relata el Sr. Secretario de Salud, es de suma importancia contar con los
elementos mencionados, teniendo en cuenta que la Secretaría tiene a su cargo la atención sanitaria del
Hospital local , el Centro Integrador Comunitario , las salas de atención
primaria de salud de la ciudad cabecera y de todas las localidades rurales.
Que, al respecto, se ha expedido el Sr. Contador y la Srta. Asesora
Letrada del Municipio.
Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima
conveniente dar curso favorable a las tramitaciones de referencia, por lo que
deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello el
H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º:
Homológase el contrato de comodato suscripto entre el Departamento Ejecutivo de
la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, mediante el
cual el citado Ministerio cede en préstamo al Municipio, los vehículos
automotor aptitud transporte de carga, R.O. 31402 marca Peugeot Partner 1,9D
Dominio EZP-992, Motor 10DXBJ0004639, Chasis 8AE5BWJZE5G11990, Modelo 2005, y
la Unidad R.O. 31410, marca Peugeot Partner 1.9D, Patagónica, Modelo EZP 277 ,
Motor 10DXBJ0004690, Chasis 8AD5BWJZE5G51194 , modelo 2005, hasta el dictado
del acto administrativo que autorice su transferencia definitiva.
Artículo 2º:
Autorízase al Departamento Ejecutivo, a afectar fondos que excedan el presente
ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten
necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen,
producto de la obligación asumida por el contrato objeto de la presente, hasta
la finalización de la vigencia del mismo.
Artículo 3°:
Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones
necesarias y a suscribir cuanta documentación resulte pertinente para el
cumplimiento del objeto de la presente.
Dada en Sesión Ordinaria
celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día
5 de julio de 2017.-
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