BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1987/17 Convenio con OPDS para gestión integral de residuos sólidos urbanos.

ORDENANZA Nº 1987

Visto:
El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0885/2017 cuyas actuaciones refieren al convenio suscripto  entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y la Municipalidad de San Andrés de Giles, con referencia a la gestión integral de residuos sólidos urbanos; y

Considerando:
Que el objetivo general del referido convenio consiste  en establecer entre las partes un amplio marco  de colaboración por medio del cual  adoptarán y arbitrarán las acciones dirigidas a mejorar la gestión integral de los residuos sólidos urbanos en el ámbito de San Andrés de Giles, de conformidad a lo establecido en la Ley de Presupuestos Mínimos Nº 25.916 y las Leyes Provinciales Nº 11.723 y 13.592.

Que el referido Convenio se encuentra agregado a Fs. 3 a 7 del referido expediente;

Que oportunamente la Doctora Florencia Mémoli- Asesora de Medio Ambiente- , ha  sugerido la conveniencia de materializar el acuerdo , ya que a través del mismo se contará con los recursos necesarios para mejorar la gestión de los residuos sólidos urbanos de nuestra ciudad otorgando la posibilidad de acceder a fuentes de financiamiento y apoyo técnico del gobierno provincial.

Que se cuenta con dictamen favorable de la Secretaría de Obras y Servicios Público, alentando la celebración del Convenio;

Que asimismo han intervenido en las actuaciones del mentado  expediente el señor Contador Municipal y la señorita Asesora Letrada de la Municipalidad;

Que el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determina que corresponde al Órgano Deliberativo Municipal, resolver en estas cuestiones;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Homógase el convenio que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza, suscripto  entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y la Municipalidad de San Andrés de Giles, con referencia a la gestión integral de residuos sólidos urbanos y cuyo objetivo general consiste  en establecer entre las partes un amplio marco  de colaboración por medio del cual  adoptarán y arbitrarán las acciones dirigidas a mejorar la gestión integral de los residuos sólidos urbanos en el ámbito de San Andrés de Giles, de conformidad a lo establecido en la Ley de Presupuestos Mínimos Nº 25.916 y las Leyes Provinciales Nº 11.723 y 13.592, tramitándose las correspondientes actuaciones a través del expediente  administrativo Municipal  Nº 4101- 0885/2017.

Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio cuya homologación   se dispone por la presente Ordenanza.

Artículo 3º: De forma.

Dada en Sesión Extraordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 8 de marzo de 2017.- 

No hay comentarios: