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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1951/16 Convenio obras de infraestructura (Barrio Scully)

ORDENANZA Nº 1951

Visto:

El Expediente Administrativo Municipal Nº 4101-0625/2016, y;

Considerando:

Que el mismo contiene las actuaciones correspondiente al Convenio suscripto entre La Subsecretaría Social de Tierras  Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles  cuyo objeto es la asistencia financiera por parte del referido Organismo Provincial mediante el otorgamiento de un subsidio a la Municipalidad con destino  a la realización de las siguientes obras:
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia.
Que obra en dichas actuaciones el Convenio mencionado;
Que oportunamente el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad ha elaborado y elevado Memoria Técnica, Presupuesto y demás especificaciones de las referidas obras
Que ha intervenido en las actuaciones del mentado expediente el señor Contador Municipal y la señorita Asesora Letrada;
Que corresponde al HCD disponer la homologación del acuerdo celebrado de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias , sanciona la siguiente:

ORDEANZA


Artículo 1º: Homológase el  Convenio suscripto entre La Subsecretaría Social de Tierras  Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles  cuyo objeto es la asistencia financiera por parte del referido Organismo Provincial mediante el otorgamiento de un subsidio a la Municipalidad con destino  a la realización de las siguientes obras:
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Autorizase al señor Intendente Municipal a firmar toda la documentación que resulte necesaria para la materialización de lo estipulado en el convenio mencionado en el artículo precedente.

Artículo 3º: En virtud de lo establecido en el último párrafo del Artículo 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al tratarse de financiamiento con recursos afectados las ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias se practicarán directamente por el Departamento Ejecutivo según el monto de los recursos efectivamente autorizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados.

Artículo 4º: Conforme a lo establecido en la cláusula a séptima del convenio se homologa, en caso que, una vez aplicada la totalidad de los fondos a la ejecución de las obras , la misma  no estuviera finalizada la Municipalidad deberá concluirla con recursos  propios. Ante tal supuesto, la norma a sancionarse oportunamente facultará al Departamento Ejecutivo a introducir las modificaciones presupuestarias pertinentes para afrontar los gastos que se derivan del convenio suscripto , debiéndose efectuar asimismo las previsiones presupuestarias para los ejercicios siguientes que correspondan.

Artículo 5º: De Forma. 


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 14 de septiembre de 2016.-

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