ORDENANZA Nº 1951
Visto:
El Expediente
Administrativo Municipal Nº 4101-0625/2016, y;
Considerando:
Que el mismo
contiene las actuaciones correspondiente al Convenio suscripto entre La
Subsecretaría Social de Tierras
Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de
Giles cuyo objeto es la asistencia
financiera por parte del referido Organismo Provincial mediante el otorgamiento
de un subsidio a la Municipalidad con destino
a la realización de las siguientes obras:
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia.
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia.
Que obra en dichas actuaciones el Convenio
mencionado;
Que oportunamente el señor Secretario de Obras
y Servicios Públicos de la Municipalidad ha elaborado y elevado Memoria
Técnica, Presupuesto y demás especificaciones de las referidas obras
Que ha
intervenido en las actuaciones del mentado expediente el señor Contador
Municipal y la señorita Asesora Letrada;
Que
corresponde al HCD disponer la homologación del acuerdo celebrado de acuerdo a
lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de las facultades que le son propias ,
sanciona la siguiente:
ORDEANZA
Artículo 1º: Homológase
el Convenio suscripto entre La
Subsecretaría Social de Tierras
Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios
Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de
Giles cuyo objeto es la asistencia financiera
por parte del referido Organismo Provincial mediante el otorgamiento de un
subsidio a la Municipalidad con destino
a la realización de las siguientes obras:
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
a)Obras de Infraestructura Eléctrica, b) Pavimentación de calles ,c) Mejoramiento de Desagues Pluviales, en el predio identificado como Barrio Scully de nuestra ciudad y su zona de influencia, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Autorizase
al señor Intendente Municipal a firmar toda la documentación que resulte
necesaria para la materialización de lo estipulado en el convenio mencionado en
el artículo precedente.
Artículo 3º: En virtud de
lo establecido en el último párrafo del Artículo 119 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, al tratarse de financiamiento con recursos afectados las
ampliaciones o creaciones de partidas presupuestarias se practicarán
directamente por el Departamento Ejecutivo según el monto de los recursos
efectivamente autorizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados.
Artículo 4º: Conforme a
lo establecido en la cláusula a séptima del convenio se homologa, en caso que,
una vez aplicada la totalidad de los fondos a la ejecución de las obras , la
misma no estuviera finalizada la
Municipalidad deberá concluirla con recursos
propios. Ante tal supuesto, la norma a sancionarse oportunamente
facultará al Departamento Ejecutivo a introducir las modificaciones
presupuestarias pertinentes para afrontar los gastos que se derivan del convenio
suscripto , debiéndose efectuar asimismo las previsiones presupuestarias para
los ejercicios siguientes que correspondan.
Artículo 5º: De
Forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 14 de septiembre de 2016.-
No hay comentarios:
Publicar un comentario