BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1952/16: Convenio con ARBA

ORDENANZA Nº 1953

Visto
La necesidad de mantener actualizado el listado de adjudicatarios de los lotes del SIP (Sector Industrial Planificado)

Considerando
Que hay cesiones de terrenos realizadas desde hace mucho tiempo sin que a la fecha los beneficiarios hayan manifestado voluntad de avanzar con la radicación de los emprendimientos que dieron motivo a la cesión.
Que si bien aún  el SIP no tiene la Resolución de reconocimiento como tal, y una de las cláusulas de adjudicación de los lotes en su momento, era el diferimiento del inicio de obras a plazos que se iniciaban a partir de contar con la escritura del predio, es importante saber si aquellos que fueron beneficiados aún mantienen el interés en radicarse en el sector.
Que es necesario brindar a los emprendedores y empresarios interesados en instalarse en el SIP, un instrumento idóneo que permita relevar los aspirantes y conocer las disponibilidades existentes.
Que es política prioritaria de este Municipio alentar la radicación y desarrollo de emprendimientos productivos que generen trabajo y ocupen mano de obra local.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA

Artículo 1º: Crease el Registro Único de Empresas del Sector Industrial Planificado (SIP) A tal efecto se realizará un re empadronamiento de las empresas que tienen lotes asignados para incorporarlas a dicho Registro. Para ello deberán acreditar:

a)      Constancia de CUIT
b)      Estatutos
c)      Últimos 2 balances aprobados
d)     Ultimas declaraciones de IVA y Ganancias
Aquellas empresas que no pudieran demostrar su existencia y/o regularidad, perderán el derecho a mantener el lote asignado. Este Registro Único de Empresas se actualizará cada dos años.

Artículo 2º: A fin de incorporar al Registro Único de Empresas a los emprendedores y empresarios aspirantes a acceder a un lote del SIP, se abrirá la inscripción a los interesados debiendo para ello completar y presentar un formulario  donde se relevaran los datos vinculados a la empresa además de los requisitos exigidos en el art. 1º, si correspondiera.

Artículo 3º: El registro único de empresas como el de aspirantes a lotes deberá ser de acceso público y estar disponible en  el sitio web del Municipio

Artículo 4º: Para la asignación de los lotes vacantes del SIP, en caso de existir más de un solicitante por lote, se deberá priorizar para su asignación según el siguiente orden de prioridades:
a)      Impacto ambiental encuadrado en las normativas vigentes y que se ajuste a la capacidad de tratamiento de efluentes del SIP.
b)      La generación de nuevas fuentes de trabajo en San Andrés de Giles. (Presentar programa de recursos humanos que requerirá la  el proyecto en cada etapa)
c)      Industrias habilitadas en planta urbana que deseen reubicarse en el SIP.
d)     Empresarios radicados en San Andrés de Giles.
e)      Antigüedad en el registro de aspirantes de lotes.

Artículo 5º: De forma.


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 28 de septiembre de 2016.-

No hay comentarios: