Visto:
La necesidad de lograr un ordenamiento en la
ubicación, estacionamiento de motos y
motocicletas en la ciudad de San Andrés
de Giles teniendo en
cuenta que este tipo de vehículos no solo ha crecido considerablemente ,
sino tanbien que se ha convertido en una herramienta de trabajo; y
Considerando:
Que el número de vecinos de nuestra ciudad que se
trasladan en motos y ciclomotores aumenta en forma exponencial;
Que no se
cuenta con espacios
suficientes reservados para el
estacionamiento de los vehículos mencionados que ofrezcan seguridad a quienes las conducen y a quienes
se desplazan en la vía pública;
Que resulta
necesario demarcar un
espacio reservado al estacionamiento de motos y ciclomotores en
las inmediaciones del Hospital Municipal San Andrés;
Que a propuesta
de este HCD el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios
para localizar el
estacionamiento de motos
y ciclomotores sobre
la calzada, en forma
contigua a la
de los automóviles
con el fin
de ordenar el estacionamiento vehicular en general y a la
vez jerarquizar los espacios destinados
a la circulación de peatones;
Por ello el HCD
en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorizase al D.E. para que realice la
demarcación y señalización de espacios
reservados para el estacionamiento de motos y ciclomotores establecidos
en la ciudad de San Andrés de Giles que se
detallan en el artículo 2° de la presente norma.
Artículo 2° : Se establece como lugares reservados para el
estacionamiento los siguientes:
a) Calle Rivadavia en intersección con
calle Urquiza sobre numeración par desde la línea habilitante
de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho
en dirección hacia calle Rawson.
b) Calle Rivadavia
en intersección con
calle Quintana sobre
numeración par desde la
línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia
calle Urquiza.
c) Calle Rivadavia en intersección con calle Carlos Pellegrini
sobre numeración par desde la
línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de
ancho en dirección hacia calle Quintana.
d) Calle Rivadavia en intersección con
la calle Alsina sobre numeración par desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección
hacia calle Carlos Pellegrini.
e) Calle Rivadavia en intersección con la calle
Avellaneda sobre numeración par
desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de
largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Carlos Pellegrini .
f) Calle Rivadavia en intersección
con la calle Belgrano
sobre numeración par desde la
línea habilitante de estacionamiento cinco
metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle
Mitre.
g) Calle Rivadavia en
intersección con la
calle Saavedra sobre numeración par desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros
de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Sarmiento.
h) Calle Rivadavia en intersección
con la calle
Hidalgo sobre numeración
par desde la
línea habilitante de estacionamiento cinco
metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Saavedra.
i)
Calle
Hidalgo en intersección con la calle 25
de Mayo sobre numeración impar
desde la línea
habilitante de estacionamiento cinco
metros de largo por dos metros de ancho en dirección a calle Maipú (supermercado Romeo)
j)
Calle
Moreno entre las calles 25 de Mayo
y Rivadavia sobre numeración par a
Mitad
de cuadra finalizando
Jardín de Infantes Ntra. Señora
de Luján cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle
Rivadavia.
k) Calle Belgrano
en intersección con calle 25 de Mayo sobre numeración impar
desde la
línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de
largo por dos metros de ancho en
dirección hacia calle Rivadavia.
l)
Calle
Mitre en intersección con calle 25 de Mayo sobre numeración
par desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de
largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Maipú.
m) En calle 25 de Mayo en
intersección con la calle Avellaneda
sobre numeración impar desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de
largo por dos metros de ancho en dirección hacia calle Mitre
n) En calle 25 de Mayo
en intersección con la calle
Alsina sobre numeración impar desde la
línea habilitante de
estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho en dirección
hacia calle Avellaneda.
o) En
calle 25 de
Mayo en intersección
con la calle
Carlos Pellegrini sobre numeración impar desde
la línea habilitante de estacionamiento cinco metros de largo por dos
metros de ancho hacia calle Alsina.
p) Calle Belgrano en intersección con la calle
San Martín sobre numeración par desde la línea habilitante de
estacionamiento cinco metros
de largo por dos metros de ancho en dirección hacia
calle 9 de Julio.
q) Calle Quintana entre las calle
Rivadavia y San Martín sobre numeración par a mitad de cuadra cinco metros de
largo por dos metros de ancho.
r) Calle Alsina en intersección con la calle
9 de Julio sobre numeración
impar desde la línea habilitante
de estacionamiento cinco metros de largo por dos metros de ancho
en dirección hacia calle Bernardo de Irigoyen. (Anses).
Artículo 3°: El
Departamento Ejecutivo
realizará un corralito
en los sectores mencionados, conjuntamente con la siguiente leyenda: ”Estacionamiento exclusivo y obligatorio , motos y
ciclomotores Ord Nº “ sobre los
espacios destinados en todo el trayecto de la calle Rivadavia. “Estacionamiento
exclusivo motos y ciclomotores .Ord. Nº, en el resto de los espacios
cedidos.
Artículo 4°: Procédase
a la señalización, demarcación
y delimitación correspondiente
colocando la señalética, deberá además estar pintando el cordón y en la calzada la marcación a 45º
en el sentido de
circulación para su estacionamiento.
Artículo 5°: Autorízase al D.E. a efectuar un corrimiento de un
metro de ancho por diez metros de
largo en la acera del Hospital Municipal San
Andrés con el fin
de establecer un espacio destinado al estacionamiento de motos y ciclomotores.
Artículo 6°: Autorizase al Departamento
Ejecutivo a efectuar
las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar
cumplimiento a lo normado.
Artículo 7°: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 14 de septiembre de 2016.-
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable
Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 14 de septiembre de 2016.-
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