RESOLUCIÓN Nº 331
Visto
La ley
aprobada que ratifica el decreto de Emergencia Hídrica Nº 618/15 y que autoriza al Poder Ejecutivo a tomar
endeudamiento por hasta $ 4500 millones para realizar obras en la cuenca del
Río Luján; y
Considerando
Que la norma da sustento y
amplía el decreto Nº 618/15 de Emergencia Hídrica que
el gobernador Daniel Scioli anunció el
jueves 13 de agosto a raíz de los desbordes de cauces de ríos, arroyos y
canales, que afectaron a unos 40 municipios y a más de 30 mil bonaerenses del
interior y el conurbano;
Que la medida contempla a los
municipios que fueron afectados, incluyéndose entre ellos al nuestro;
Que la iniciativa exime
del pago de los impuestos Inmobiliario de la Planta Urbana
Edificada, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos a los
damnificados, con la finalidad de
mitigar los efectos dañinos del fenómeno climático de referencia en aquellos
partidos en estado de emergencia hídrica;
Que la emergencia comprende también
la exención del pago de los
impuestos inmobiliario Rural, en aquellos partidos en los
que la Comisión
de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos
Aires (Cedaba) hubiera recomendado la declaración de Emergencia y/o Desastre
Agropecuario;
Que este HCD sancionara
en la última sesión ordinaria de fecha 19 de agosto la Resolución N º 330 en la que expresamos la conveniencia de la eximición de la Tasa de Servicios Urbanos en
la última cuota del año 2015
a quienes vieron afectadas sus viviendas por el ingreso
del agua a las mismas como también la necesidad de que el Municipio convoque la Mesa de Emergencia
Agropecuaria local, comisión que ha sido conformada el 27 de agosto.
Por ello el
Honorable Concejo Deliberante, en uso de atribuciones que le son propias,
aprueba la siguiente:
RESOLUCION
Artículo
1º: Expresar la adhesión a los términos de la mencionada ley y expresar
la necesidad de la difusión de la misma para que los vecinos que sufrieron
inundaciones en sus viviendas puedan acceder a estos beneficios.
Artículo
2º: Declarar prioritario que el DE ante
fenómenos como los ocurridos a comienzos de agosto, gestione la inclusión del
Municipio entre los afectados, aportando los datos necesarios al efecto, de
manera que puedan los vecinos acceder a los beneficios que brinda la ANSES , en la duplicación de
jubilaciones y/o pensiones, AUH y Progresar.
Artículo
3º: De forma
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