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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

330/15: Eximir las tasas a perjudicados por la lluvia.

RESOLUCIÓN Nº 330 
Visto:

Los perjuicios y pérdidas sufridos por vecinos de los distintos barrios de la ciudad y localidades como consecuencia de las últimas lluvias y el ingreso del agua a las viviendas

Considerando:

Que un importante número de  familias vieron afectadas sus viviendas en los distintos barrios y localidades

Que el Comité de Emergencia Hídrica de la provincia de Buenos Aires resolvió "eximir del pago del Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural a los afectados por las inundaciones en el territorio".

Que sería conveniente que también el Municipio considerase las pérdidas de las familias afectadas y acompañase con medidas que alivien su situación.

Que la Comisión de Emergencia Agropecuaria de la Provincia de Buenos Aires (CEDABA), incluyo al partido de San Andrés de Giles en Emergencia y/o Desastre
           
Por ello el HCD, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º: Declaramos conveniente la eximición de la Tasa de Servicios Urbanos en la última cuota del año 2015 a quienes vieron afectadas sus viviendas por el ingreso del agua a las mismas.

Artículo 2º: Expresamos la necesidad de que el Municipio convoque la Mesa de Emergencia Agropecuaria local y de curso al trámite de la misma  a fin de que los productores agropecuarios damnificados puedan presentarse y solicitar los beneficios correspondiente.


Artículo 3º: De forma.

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