BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1865/15: Creación de la Comisión del Bicentenario de la Declaración de la Independencia.

ORDENANZA Nº 1865
  
Visto
         
Que el 9 de Julio de 2016 se cumplirán 200 años de la declaración de Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata de la dominación de España, sus sucesores, la metrópoli, y de toda otra dominación extranjera, y

Considerando
            
Que la conformación del actual Estado Argentino fue  el  resultado  de un largo proceso  político  iniciado  el  25  de  mayo  de  1810  cuando,  a consecuencia de la invasión de Napoleón Bonaparte a  la  Península  ibérica, el Cabildo de Buenos Aires en tanto capital del Virreinato  del  Rio  de  la Plata tomó en sus  manos  la  administración  del  territorio  del  que  era cabecera conformando una Junta de Gobierno,
                     
Que los revolucionarios sostenían que ante la situación inédita la soberanía volvía al Pueblo y a través de una serie de acciones tenían como propósito declarar la independencia política
                     
Que  aunque  ese  Gobierno  reclamaba  jurisdicción  sobre   todo   el territorio  del  Virreinato  no  pudo  controlarlo  perdiendo  en  1811   la  intendencia del Paraguay que derivó en  la  creación  de  la  República  del Paraguay y más tarde, en 1825, con la pérdida definitiva del  control  sobre el Alto Perú y la formación de la República de Bolivia,
                     
Que la guerra con el Brasil (1825-1828) implicó la pérdida del control sobre la Banda Oriental, que  finalizó  con  la  creación  de  la  República Oriental del Uruguay en tanto estado independiente en 1828,
                     
Que durante la celebración del Congreso  de  Tucumán,  se  produjo  la declaración de la independencia, el 9 de julio  de  1816,  y  se  adoptó  el nombre de Provincias Unidas de Sud América aunque se mantuvo también  el  de Provincias Unidas del Río de la Plata,
                    
Que  los  congresales  de  1816,  dictaron  la   declaración   de   la  independencia  de  toda  la  América  del  Sur  dominada  por  España, sus sucesores, la metrópoli, y de toda otra dominación extranjera,
                     
Que a esta declaración no asistieron, excepto Córdoba, las  provincias confederadas en la Unión de  los  Pueblos  Libres,  que  reconocían  a  José Gervasio Artigas como Protector, y que habían declarado la independencia en 1815, en el Congreso de los Pueblos Libres.
                     
Que el motivo para que las provincias litorales,  partidarias  de  una confederación no participaran del  Congreso  de  Tucumán,  se  debió  a  las guerras civiles contra el centralismo ejercido  por  el  Directorio  de  las Provincias Unidas,
                     
Que en la actualidad, la República Argentina posee más de 40  millones de habitantes, promediando índices de desarrollo humano, renta per cápita  y calidad de vida, de entre los más altos en América Latina,
Que la Declaración de la Independencia fue un proceso histórico complejo que involucró grupos sociales, ideologías políticas, prácticas colectivas. Fue un proceso que incluyó la  violencia, la guerra y también debates y diálogos sobre un proyecto político diferente al de ser una colonia española en América
                    
Que además de pensar el pasado, el Bicentenario debe servir para que  imaginemos el futuro como un horizonte de expectativas y de posibilidades

Que es fundamental la construcción colectiva de un espacio que articule reflexiones y acciones con el propósito de conmemorar, en 2016, los 200 años de la Declaración de la Independencia de nuestro país.

Que promover “la reflexión histórica, política y democrática de un hecho tan trascendente; la definición colectiva de los proyectos, conclusiones y metas con los que dejaremos testimonio futuro de estos doscientos años; y la planificación concreta de la celebración del 9 de julio de 2016” significa pensar en un evento participativo, donde se involucren todos los ciudadanos, las instituciones y el sector privado de nuestra comunidad.

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Créase, en el ámbito de nuestro  partido  la “Comisión del Bicentenario de la Declaración de la Independencia

Artículo 2º: Se establecen como objetivos de la Comisión del Bicentenario:

a) Desarrollar y apoyar espacios de debate y reflexión en torno a la conmemoración del Bicentenario de la Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
b) Impulsar, junto a las escuelas de gestión pública y privada del distrito, el estudio e investigación de la historia local como parte del currículo escolar con proyección hacia el año 2016.
c) Auspiciar eventos organizados desde las organizaciones intermedias y fuerzas vivas de la ciudad, que lleven el sello del Bicentenario.
d) Fomentar el estímulo, difusión y reproducción de actividades en torno al Bicentenario.
e) Apoyar la articulación de proyectos entre los establecimientos educacionales y las diversas organizaciones de la comunidad como contribución a la historia nacional.

Artículo 3º: La Comisión  del Bicentenario estará integrada por el Señor Intendente Municipal o quien designare en su representación, un representante del Concejo Deliberante por cada bloque de concejales electos y  un representante de aquellas entidades de la comunidad  que deseen participar (Cámaras, sindicatos, sociedades de fomento, clubes, etc.). La Comisión elaborará  su propio reglamento de funcionamiento.

Artículo 4º: Los recursos para atender las erogaciones que demande la actividad de la Comisión  del Bicentenario provendrán de las partidas que la Ordenanza de Presupuesto específicamente le asigne en base al proyecto elaborado por la Comisión.

Artículo 5º: De forma          


No hay comentarios: