ORDENANZA
Nº 1842
VISTO:
El
contrato de locación suscrito entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Asociación Española
de Socorros Mutuos, mediante el cual ésta arrienda parte de un inmueble de su
propiedad sito en calle Rivadavia Nro. 752
de esta ciudad y que está destinado al funcionamiento de la Secretaría de Cultura,
Educación, Ecología y Turismo del Municipio; y
CONSIDERANDO:
Que dicho instrumento
contractual venció el día 30 de Abril de
2015.
Que
es intención del Departamento Ejecutivo, continuar arrendando el edificio,
puesto que se trata de la única sala de sus características en nuestra ciudad,
hallándose en buenas condiciones de uso.
Que el artículo 156 de la L.O .M. admite la contratación
directa para la locación de inmuebles.
Que el contrato debe ser homologado por este
Honorable Concejo Deliberante en razón de que el gasto excede un ejercicio
(art. 273 LOM)
Que,
según se desprende del informe contable,
resulta necesario incrementar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos
vigente, ampliando la correspondiente partida presupuestaria.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones
que le son propias, sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Homológase el contrato de locación suscripto
entre la Municipalidad
de San Andrés de Giles y la Asociación Española de Socorros Mutuos mediante
el cual ésta arrienda el edificio del
cine-teatro de su propiedad, sito en la calle Rivadavia Nro. 752 de esta ciudad,
por el término y en las condiciones expresadas en el convenio que, como Anexo
I, forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2: Ampliase
el presupuesto de Gastos vigente, ampliando la siguiente partida por el monto
que a continuación se detalla:
Fuente de financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000: Departamento
Ejecutivo
Subjurisdicción 1110113000: Sec.de Cult, Educ, y Turismo
Programa 30: Difusión de la Cultura en el ámbito local
Actividad: 01: Actividades culturales en ámbito
local
Inciso: 3: Servicios no personales
P.Principal: 2: Alquileres y derechos
Partida Parcial: 1: Alquileres de edificios y locales
….$ 19.000,00
ARTICULO
3: Para financiar lo establecido en el artículo
anterior, tómese de la Cuenta Resultado
de ejercicios anteriores la suma de pesos diecinueve mil ($ 19.000) para
financiar lo establecido en el artículo anterior, incrementando el cálculo de recursos
ampliando la siguiente partida:
Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110101000: Conducción Superior
RUBRO
Tipo: 3500000: Disminución de
otros activos financieros
Clase: 3510000: De disponibilidades
Concepto: 3510100: De caja y
bancos
Subconcepto: 3510101: De libre
disponibilidad:…………………..$ 19.000,00
ARTICULO
4: Autorícese al
Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que sea necesaria a
efectos de poner en vigencia la presente ordenanza.
ARTICULO 5 : Autorízase al D.E. a afectar fondos que
excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes
reservas de crédito.
ARTICULO 6: Notifíquese a la Asociación Española
de Socorros Mutuos, a la Secretaría
de Cultura, a Contaduría, regístrese y archívese.
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