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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1829/15: Contrato de servicio de ambulancias.

ORDENANZA Nº 1829

VISTO:
El expediente Nº 4101-0025/15 mediante el cuál se tramita el llamado a Licitación Pública N*2/2015, cuyo objeto es la contratación  del servicio de ambulancias que se presta en el Hospital Municipal San Andrés, conforme los términos del Decreto  Municipal N* 335 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 2 de febrero de 2015 (fojas 06 y 07 del referido expediente) ; y 

CONSIDERANDO:
    Que en virtud de los términos del Decreto Nº 400 dictado el 23 de febrero de 2015 (Fs.24) se fijó fecha 
    de apertura de propuestas para el día 31 de marzo de 2015 a la hora 10: 00 (Artículo 2º - Fojas 24).
    Que en cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos medios gráficos locales  y del
    Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación Pública Nº                 2/2015. (Fs 26;27;28 y 29)

    Que, surge del Acta Nº 2/2015 de Apertura de Propuestas ( fojas 30 de autos)  que la única propuesta
    presentada es la que corresponde a la Sra. María Isabel Commeres.
    Que la propuesta en estudio, asciende a una suma mensual de CUARENTA Y CINCO MIL  PESOS 
    ($ 45.000 ) y  por NUEVE PESOS ($ 9) por cada kilómetro que exceda los 2.500 kilómetros fijados 
    como base para el llamado a licitación, valores válidos tanto para traslados en ambulancia común como
    para ambulancia de cuidados intensivos,
    Que, la Ley Orgánica Municipal prevé en su articulo 155 , que,  para el caso de existir un solo oferente en
    la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante.
    Que, similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.  
    Que debe tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la cobertura       de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que exige actuar con la premura y diligencia         del caso, para evitar la posibilidad de quedar privado nuestro Hospital Municipal del servicio de  
    ambulancias.
    Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:

   ORDENANZA  

 ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma MARIA ISABEL      COMMERES, con domicilio en calle Rivadavia Nº 902 de la ciudad  de San Andrés de Giles, la licitación     pública  Nº 2/2015, cuyo objeto es la prestación del servicio de ambulancia para el Hospital Municipal San  Andrés, conforme la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de  ser la única oferta, considerándose la misma de evidente conveniencia  a los intereses municipales

  ARTICULO 2º:  De forma.


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