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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1828/15: Contrato de servicio de diálisis.

ORDENANZA Nº 1828

Visto:
El expediente Nº 4101-839/14 , Letra D mediante el cual se tramitan la renovación del contrato suscripto oportunamente para el funcionamiento del servicio de diálisis instalado en el Hospital Municipal “San Andrés”, y;

Considerando:
Que con fecha 18 de febrero de 2009, este H.C.D. sancionó la Ordenanza Nº 1350, que fue promulgada por Decreto Nº 247/09 , autorizando al D.E. a suscribir con la Sociedad: Dres. Faurie y Prado Sociedad Anónima, un convenio por un término de cinco años (5) años a partir del 1-01-2009. En dicho contrato, se estableció que La Sociedad, ejercería  la dirección, coordinación y asistencia médica del servicio de Diálisis del Hospital Municipal San Andrés.
Que, habiendo vencido recientemente el referido convenio y  evaluado este Concejo los antecedentes del servicio, la conveniencia de la prestación del mismo y los beneficios que otorga a los pacientes que en el se tratan, se estima conveniente homologar el nuevo contrato suscripto con la Sociedad: “Servicio de Diálisis Dra. Prado Sociedad Anónima” para la prestación del servicio de diálisis en el Hospital Municipal “San Andrés”;
Por ello, el H.C.D. en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Homologase el contrato suscripto entre  la Sociedad: Servicio de Diálisis Dra.  Prado Sociedad Anónima, representada por su Presidente Sra. Ana María D´Urso de Prado y el Sr. Intendente Municipal Cr. Carlos J. Puglelli, a efectos que la Sociedad ejerza sin cargo alguno para La Municipalidad la dirección, coordinación y asistencia médica del servicio de diálisis en el Hospital Municipal “San Andrés”. Dicho contrato,  tendrá vigencia a partir del 01.01.2015 y forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Autorízase al  Departamento Ejecutivo, a afectar fondos que excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito, en virtud de lo establecido en el artículo 273 de la L.O.M.

Artículo 3º:Autorízase al Departamento Ejecutivo, a firmar toda la documentación que sea necesaria a efectos de implementar la presente Ordenanza.

Artículo 4º: De forma.


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