ORDENANZA
Nº 1828
Visto:
El expediente Nº 4101-839/14 , Letra D mediante el cual se tramitan la
renovación del contrato suscripto oportunamente para el funcionamiento del
servicio de diálisis instalado en el Hospital Municipal “San Andrés”, y;
Considerando:
Que con fecha 18
de febrero de 2009, este H.C.D. sancionó la Ordenanza N º 1350, que
fue promulgada por Decreto Nº 247/09 , autorizando al D.E. a suscribir con la Sociedad : Dres. Faurie y
Prado Sociedad Anónima, un convenio por un término de cinco años (5) años a
partir del 1-01-2009. En dicho contrato, se estableció que La Sociedad , ejercería la dirección, coordinación y asistencia
médica del servicio de Diálisis del Hospital Municipal San Andrés.
Que, habiendo vencido
recientemente el referido convenio y
evaluado este Concejo los antecedentes del servicio, la conveniencia de
la prestación del mismo y los beneficios que otorga a los pacientes que en el
se tratan, se estima conveniente homologar el nuevo contrato suscripto con la Sociedad : “Servicio de
Diálisis Dra. Prado Sociedad Anónima” para la prestación del servicio de
diálisis en el Hospital Municipal “San Andrés”;
Por ello, el H.C.D.
en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homologase el contrato suscripto entre la Sociedad : Servicio de Diálisis Dra. Prado Sociedad Anónima, representada por su
Presidente Sra. Ana María D´Urso de Prado y el Sr. Intendente Municipal Cr.
Carlos J. Puglelli, a efectos que la Sociedad ejerza sin cargo alguno para La Municipalidad la
dirección, coordinación y asistencia médica del servicio de diálisis en el
Hospital Municipal “San Andrés”. Dicho contrato, tendrá vigencia a partir del 01.01.2015 y
forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a afectar fondos que
excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes
reservas de crédito, en virtud de lo establecido en el artículo 273 de la L.O .M.
Artículo 3º:Autorízase al Departamento Ejecutivo, a
firmar toda la documentación que sea necesaria a efectos de implementar la
presente Ordenanza.
Artículo 4º: De forma.
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