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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1768/14: Aquisicion de chipeador forestal.

ORDENANZA Nº 1768

VISTO: 

El expediente Nº 4101-0020/14 mediante el cuál se tramita el llamado a Licitación Pública N*5/2014, cuyo objeto es la  adquisición de un Equipo Chipeador Forestal Portátil para su utilización en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos dependiente de la Municipalidad conforme al informe elaborado por el  señor Coordinador de la Secretaría de Producción y Medio Ambiente de  la Municipalidad;  que  diera origen al citado expediente ; 

CONSIDERANDO:

Que a tal efecto, mediante el dictado del Decreto Nº 700, el Departamento Ejecutivo dispuso el Llamado correspondiente, (Fs.21/22 del referido expediente), disponiéndose en el articulo 3º del Decreto mencionado, la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones, inherente a la operación; 

Que en el artículo 4º del Decreto mencionado (Fs.21)  se fijó como fecha y horario de apertura de propuestas el día 3  de abril de 2014 a la hora 10: 00 .

Que en cumplimiento a la legislación vigente,  oportunamente se realizó a través de dos medios gráficos (uno local y otro regional con llegada al ámbito local )  y del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación Pública Nº 5/2014. ( Fs 29;30;31 y 32 )

Que, conforme se encontraba previsto en la fecha y horario indicados precedentemente , se realizó el acto de apertura de propuestas, registrándose lo actuado en el Acta Nº 4/2014 (Fs. 33/34)

Que  surge de las mencionadas actuaciones , los siguientes resultados:

Se presentaron dos (2)oferentes, a saber:

Sobre Nº1:  “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.” Cotiza un importe total de Trescientos Sesenta y Nueve Mil Ochocientos Pesos ($369.800)

Sobre Nº 2: “ Cor-Vial S.A.” ,cotiza un importe total de Trescientos Veintiocho Mil Ciento Ochenta y Cinco Pesos ($328.185).

Que, emergen del acta de apertura de propuestas, las siguientes observaciones:

Sobre Nº 1: “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.” Sin Observaciones en el acto de apertura de propuestas.

Sobre Nº 2: Cor-Vial S.A.: El representante de la firma “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.”  Observa durante el acto de apertura , que el equipo ofrecido por la firma Cor-Vial S.A., no cumple con lo solicitado en el artículo Nº1 de las Condiciones Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por Decreto Nº 700/2014, es decir no posee motor diesel de 6 cilindros, siendo la alimentación por toma de fuerza y la boca de alimentación es de 26 centímetros

Que obran en las actuaciones del expediente Nº 4101-0020/2014, sendas constancias probatorias de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones, por parte de ambas firmas (“Desarrollo de Equipos Industriales S.A.” Fojas 38) (Cor-Vial S.A. Fs 106);

Que ha intervenido mediante la formulación del correspondiente dictamen técnico ,el señor Secretario Coordinador A/C de la Secretaría de Gobierno, Planeamiento y Control de Gestión, quien, en mérito a lo establecido en el Decreto Municipal Nº 1685 /2013 se encuentra en  uso de la firma para el despacho de las actuaciones a cargo de la Secretaría de Producción y Medio Ambiente, como asimismo para dar curso a aquellas que se encuentren en trámite en el ámbito de dicha Secretaría.

Que expresa el referido funcionario que, en forma conjunta con la Secretaría de Obras y Servicios, han analizado las propuestas presentadas, coincidiendo con la observación formulada por el representante de la firma  “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.” , en el sentido que el equipo ofrecido por la firma Cor-Vial S.A.   no cumple con lo solicitado en el artículo Nº1 de las Condiciones Particulares del Pliego de Bases y Condiciones, aprobado por Decreto Nº 700/2014, es decir no posee motor diesel de 6 cilindros, siendo la alimentación por toma de fuerza y la boca de alimentación es menor a 300mm. de diámetro y que por lo tanto, el equipo  ofertado por  “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.”  se ajusta a las necesidades de la Secretaría de Producción y Medio Ambiente, en virtud del destino que se brindará a dicho  equipo. 

Que a Fs.151/152 , el señor Contador Municipal emitió su correspondiente dictamen.

Que la  Ley Orgánica Municipal prevé en su articulo 155 , que,  para el caso de existir un solo oferente en la licitación, se podrá resolver su aceptación, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante. 

Que, similar norma contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad. 

Que debe tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de la cobertura de un servicio público de importancia;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la presente

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma “Desarrollo de Equipos Industriales S.A.”  con domicilio en calle  J.C. Caula Nº 2875 – Área Industrial de la ciudad de Rafaela Provincia de Santa Fé , la licitación pública  Nº 5/2014, cuyo objeto es la adquisición de un Equipo Chipeador Forestal Portátil para su utilización en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos dependiente de la Municipalidad; conforme la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta, considerándose la misma de evidente conveniencia  a los intereses municipales

ARTICULO 2º:  De forma.


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