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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1707/13: Adquisicion de un camión.

ORDENANZA Nº 1707

Visto: 

El  llamado a Licitación Privada Nº 8/2013 dispuesta por el Departamento Ejecutivo a través del Decreto Nº 0859/2013 en el Expediente 4101-0336/2013, cuyo objeto es la adquisición de un camión para su utilización en el Centro de Logística correspondiente a la Secretaria de Obras y Servicios Públicos; y

Considerando:

Que en tal procedimiento de contratación se registraron dos ofertas tas, correspondientes a la firma Andecam S.A. – que cotizó un camión Volkswagen Worker 13.180 en $ 445.000 - y a la firma Aurelia S.A.C.I.F.  – que cotizó un camión Iveco EuroCargo 170E22 RSU  en $ 462.450.
Que el rodado ofrecido en la primera de ellas no cumplía con las especificaciones técnicas requeridas por la Comuna, razón por la cual la Secretaría de Obras y Servicios Públicos recomienda la adjudicación a la firma Aurelia S.A.C.I.F. 
Que, en tales circunstancias, si bien la oferta efectuada por la firma Andecam S.A no fue formalmente desestimada, el artículo 182 del Reglamento de Contabilidad dispone que “El carácter de oferta sólo será conferido a las que se ajusten a las condiciones de la licitación. Las que no se ajusten no se considerarán tales”.
Que, en consecuencia, deviene de aplicación lo establecido por el artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, cuyo texto reza: “Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y esta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio”.
Que, en el caso, el Departamento Ejecutivo dispuso la adjudicación mediante el Decreto Nº 1235/2013 sin haberse obtenido la autorización del Departamento Deliberativo, por lo que corresponde aún cumplimentar tal recaudo para validar la decisión administrativa adoptada.                   
Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades legales que le corresponden, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Confiérese autorización al Departamento Ejecutivo –en los términos del artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- para disponer la adjudicación de la Licitación Privada 8/2013 a la firma Aurelia S.A.C.I.F. , para la adquisición de un camión Iveco Euro Cargo 170E22 RSU.
 
Artículo 2º: Consecuentemente, convalídase lo dispuesto por el Decreto Nº1235/13 dictado en las actuaciones correspondientes al expediente Nº 4101-0336/2013.

Artículo 3º: De forma.


Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2013.-

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