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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1706/13: Ampliacion de la longitud del estacionamiento de motos.

ORDENANZA Nº 1706

Visto:
El incremento notorio del parque motociclístico, su circulación y estacionamiento constante en la zona céntrica; y ante la necesidad de continuar con el reordenamiento del tránsito en nuestra localidad; y

Considerando:

Que es menester lograr un ordenamiento en el estacionamiento en las calles del centro de nuestra ciudad, dado que se torna dificil estacionar un vehículo por el desordenado estacionamiento de motos y ciclomotores.
Que con el ánimo de proteger a motociclistas, transeúntes y a conductores de vehículos es necesario un mayor ordenamiento;
Que actualmente los lugares señalados para estacionar los ciclomotores y motocicletas no se están utilizando, y se usan las veredas y entre los autos para hacerlo con el consabido  trastorno que ello ocasiona.
Que de esta manera nos sumaríamos a las formas de reordenamiento urbano de otras ciudades vecinas.
Que dicha medida redundaría en beneficio para nuestra comunidad, generando un tránsito más ordenado en el centro de nuestra comunidad.
Por ello, el H.C.D. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:          .

                                                                       ORDENANZA

Artículo 1º: Aumentar la longitud del estacionamiento exclusivo ya preestablecidos a 12 metros.

Artículo 2º: Solicitar al DE que a través del área correspondiente, se proceda a la señalización y demarcación del estacionamiento exclusivo de motos, ciclomotores y similares. La señalización de los lugares indicados anteriormente consistirá en:  
      a.-Pintura amarilla del cordón en toda su extensión y demarcando el perímetro del “corralito”.
      b.-Franja de pinturas negra sobreimpresa en toda la extensión del cordón (pintado de amarillo)
      c.-Cartel con la leyenda “estacionamiento exclusivo de motos, ciclomotores y similares”.

Artículo 3º: El estacionamiento de vehículos, motos, ciclomotores y similares fuera de los lugares autorizados en aquellas cuadras donde exista estacionamiento exclusivo, serán sancionados con multas de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Tránsito, y podrá procederse al acarreo conforme Ordenanza Municipal Nº 1546.

Artículo 4º: Facultar al DE para que a través de la dirección de tránsito se haga efectivo lo dispuesto en la presente ordenanza en un plazo de 90 días.

Artículo 5º: Derogar toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 6º: De forma. 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 16 de octubre de 2013.-

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