BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1704/13: Convenio Padial cesión de tierras.

ORDENANZA Nº 1704
Visto:

El expediente Nº 4101-0479/12, Letra P iniciado por los Sres. María Lorena, Mariana y Arturo Padial, y

Considerando:

Que obra  en  el mismo, la ordenanza Nº 1649 sancionada por este Honorable  Concejo Deliberante con fecha 19/12/2012, en virtud de la cuál se autoriza la apertura de calles a ceder, en el proyecto de mensura, división y cesión de calle, correspondiente a la fracción de terreno identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Quinta 1, Parcela 9 del Partido de San Andrés de Giles.
Que como consecuencia de tratativas realizadas entre las partes, se arribo a un acuerdo con los propietarios de la parcela referida en el apartado anterior la que se encuentra ubicada en calle Sarmiento, distante uno de sus límites 13.74 mts. de la calle Nº 509 de la ciudad de San Andrés de Giles.
Que, el citado convenio tiene por objeto la donación al Municipio por parte de los propietarios, de los predios demarcados en el proyecto de mensura, división y cesión de calles como parcelas 5 , 6 y 7  de la Manzana Nº 2 .
Que, la materialización de esta propuesta redundaría en un incremento de la disponibilidad de tierras, tan necesarias para paliar el déficit habitacional del Partido de San Andrés de Giles, exigiendo como contrapartida tareas de infraestructura que conforme el Secretario del Área, son factibles de realización y convenientes para los intereses Municipales.
Que se han expedido en estas actuaciones, la Sra. Directora de Planeamiento y el Sr. Asesor Letrado Municipal.
Que, resulta necesaria la intervención de este Cuerpo Deliberativo, en virtud de lo estipulado en los artículos  41 y 57 de la Ley Orgánica Municipal, en cuanto a la homologación del convenio alcanzado entre las partes y la debida autorización Legislativa para aceptar las donaciones que se ofrezcan a la Municipalidad.        
Por ello, el HCD. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente. 

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y los Sres. María Lorena, Mariana y Arturo Padial , que como anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza y que tiene por objeto el incremento de la disponibilidad de tierras, tan necesarias para paliar el déficit habitacional del Partido de San Andrés de Giles.

Artículo 2º: En virtud de los términos del convenio que se homologa por el artículo primero, acéptase la donación de las parcelas identificadas con los números 5 , 6 y 7  de la Manzana Nº 2  demarcados en el proyecto de mensura, división y cesión de calles obrante a fs. 2 del expediente nº 4101-0479/12. La parcela nº 7 será destinada a espacio verde y público, en cumplimiento de la obligación establecida por la ley 8912.

Artículo 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias, a suscribir toda la documentación que se requiera y a ejecutar los gastos comprometidos para la ejecución del convenio homologado, a cuyo efecto podrá introducir las modificaciones presupuestarias pertinentes.
Artículo 6º: De forma.         

 Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 18 de Septiembre de 2013.-

No hay comentarios: