ORDENANZA Nº 1696
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-0262; Letra C; Año 2013; y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el
Municipio, por el Sr. Ricardo Adrián Camandone, referente
a la aprobación del proyecto de
“mensura, división y cesión de calles” , correspondiente a la fracción
identificada con las siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción V;
Parcela 449 del partido de San Andrés de
Giles;
Que,
teniendo en cuenta que no existe para el área un trazado preventivo, se realizó
un proyecto de apertura de calles dentro de los macizos existentes según se
desprende del plano obrante en el expediente citado.
Que, la zona donde se
encuentra emplazada dicha parcela es rural (frente a ruta) , prevé
subdivisiones que no podrán ser inferiores a la unidad económica de explotación
de cada sistema de producción, con carácter rural.
Que,
la parcela se encuentra construída de acuerdo al plano aprobado, según consta
en el acta de inspección nº 10434 de fecha 23.04.2013
Que, la
calle propuesta deberá cumplir con el ancho reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas
requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que
se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del
resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y
amojonado)
Que
luce a fs. 17 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación,
construcción y conservación de
calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las
situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias,
sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calle a ceder , según trazado que figura a fs.
11 del expediente nº 4101-0262/13 , en virtud de lo requerido por el Sr.
Ricardo Adrián Camandone.
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción
de alambrados , colocación de
arbolado público correspondiente y demás obras que demande la apertura de la
calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los
propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos,
aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito
previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se
visará con las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de
Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 14 de Agosto de 2013.-
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