ORDENANZA Nº 1683
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-0675; Letra F; Año 2012 , y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación realizada ante este Municipio, por
el Agrim. Jorge José Dillon en representación del Sr. Norberto Fernandez , y
referida a la aprobación del proyecto
de “ Mensura y división ”
correspondiente a la fracción de terreno identificado con las siguiente
Nomenclatura Catastral: Circunscripción II; Parcela 118 cg del Partido de San
Andrés de Giles;
Que
a fin de materializar la subdivisión , resulta necesaria la apertura de calles y considerando que no existe para el
área un trazado preventivo, se realizó un proyecto de apertura de calles, dentro
de los macizos existentes , según consta en el croquis que figura como fs. 2
del citado expediente.
Que
la zona donde se encuentra emplazada dicha parcela es complementaria
residencial y prevé subdivisiones de frente de 40 mts. y superficie de 2000 mts.2. Dado el futuro
potencial residencial del área, se busca favorecer una mejor división de
parcelas con la superficie permitida, con un trazado de calles que genera
macizos regulares.
Que
la parcela se encuentra baldía, según consta en el acta de inspección nº 10142
de fecha 02.11.12.
Que, las
calles propuestas deberán cumplir con el ancho cedido por plano y el cedente
deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según
proyecto aprobado por la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al
visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este
requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos
(tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
Que
luce a fs. 6 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación,
construcción y conservación de
calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las
situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son
propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calle a ceder , según trazado que figura a fs.
2 del expediente nº 4101-0675/12, en virtud de lo requerido por el Agrim. Jorge
José Dillon, en representación del Sr. NORBERTO FERNANDEZ..
Artículo 2º: Los
trabajos de movimiento de suelo, construcción de alambrados, colocación del
arbolado público correspondiente a la zona y demás obras que demande la
apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo
y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su
construcción hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable
para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las
restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de
Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de Junio de 2013.-
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