ORDENANZA Nº 1682
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-098; Letra N; Año 2013; y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el
Municipio, por los Sres. María Esther y José Luis Nocera , referente
a la aprobación del proyecto de mensura , división y cesión de calles ,
correspondiente al inmueble identificado con las siguiente Nomenclatura
Catastral: Circunscripción I; Sección E, Quinta 1, Pc. 33 a del partido de San Andrés de Giles;
Que, la zona donde se encuentra emplazada
dicha parcela es Residencial 3, con carácter Residencial. Debido a que la zona
ya está urbanizada, el proyecto propone apertura de calles continuando la traza
existente, de acuerdo a lo que se desprende del plano obrante en las presentes
actuaciones.
Que,
la división deberá ceder espacio verde, el que se ubicará de tal manera que
conforme un macizo.
Que, la zona Residencial 3
prevé subdivisiones de frente de 12
mts. y una superficie de 300 mts.2. Dado
el carácter ya consolidado de la zona como residencial, se busca favorecer una
mejor división de parcelas, con la superficie permitida con un trazado de
calles que genere macizos regulares.
Que
la parcela al día de la inspección se encontraba baldía, según consta en acta
nº 10289 fecha 10.01..13.
Que,
la calle propuesta deberá cumplir con el ancho reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas
requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que
se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del
resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y
amojonado)
Que
luce a fs. 2 de las presentes actuaciones, luce el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación, construcción
y conservación de calles, caminos,
puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,
las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la
competencia provincial.
Por
ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son
propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a
fs. 4 del expediente nº 4101-0098/13 , en virtud de lo requerido por los Sres.
María Esther y José Luis Nocera
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,
construcción de alambrados, colocación del arbolado público correspondiente a
la zona y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al
uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes.
Asimismo la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará
su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito previo
indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con
las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de Junio de 2013.-
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