ORDENANZA
Nº 1649
Visto:
Las
actuaciones contenidas en el expediente 4101-0479; Letra P; Año 2012 y
Considerando:
Que
las mismas tienen su origen en la presentación realizada ante este Municipio,
por el Agrim. Marcelo Adrián Raboni en representación de los Sres. María
Lorena, Mariana y Arturo Padial , y referida
a la aprobación del proyecto de “
Mensura , División y Cesión de calle ” correspondiente a la fracción de terreno
identificado con las siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I;
Sección D, Quinta 1, Parcela 9 del
partido de San Andrés de Giles;
Que
a fin de materializar la subdivisión , resulta necesaria la apertura de un
nuevo camino y considerando que no existe para el área un trazado preventivo,
se realizó un proyecto de apertura de calles, dentro de los macizos existentes
, según consta en el croquis que figura como fs. 2 del citado expediente.
Que
la zona donde se encuentra emplazada dicha parcela es RCU – Sector 1- (Reserva
Complemento Urbano) . Dado el futuro potencial residencial del área, se busca
favorecer una mejor división de parcelas con la superficie permitida, con un
trazado de calles que genera macizos regulares.
Que
la parcela se encuentra baldía, de acuerdo al plano de mensura obrante en el
expediente, según consta en el acta nº 9905 de fecha 23.05.12.
Que, las
calles propuestas deberán cumplir con el ancho cedido por plano y el cedente
deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según
proyecto aprobado por la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al
visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este
requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos
(tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
Que
luce a fs. 3 de las presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de
Planeamiento y Obras Particulares.
Que
asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el
trazado, apertura, rectificación,
construcción y conservación de calles,
caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las
situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por ello, el Honorable Concejo
Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º:
Autorízase la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a
fs. 2 del expediente nº 4101-0479/12, en virtud de lo requerido por el Agrim.
Marcelo Adrián Raboni, en representación de los Sres. María Lorena, Mariana y
Arturo PADIAL
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción
de alambrados, colocación del
arbolado publico correspondiente y demás
obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público,
serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su
construcción hasta su finalización,
siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano,
caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de
la Provincia
de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense
las mismas al dominio municipal .
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala
de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión
Extraordinaria celebrada el día 19 de Diciembre de 2012.-
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