ORDENANZA Nº
1627
Visto:
El Expte. Nº
4101-0272/12 que contiene actuaciones administrativas con relación a la
donación ofrecida por el Sr. Claudio Daniel Monti, en su carácter de socio
gerente de la Empresa
Fede SRL Logística y Distribución a este Municipio, consistente en un acoplado
marca C.M. modelo RT3 SAG 13T3E dominio
SIM 458 ¸ propiedad de la firma mencionada, y
Considerando:
Que se encuentra glosada en las citadas actuaciones toda la documentación
que acredita la conformación de los requisitos exigibles para el acto de
donación, por parte de la
Empresa
Que obra en el expediente, el dictamen emitido por el Sr. Asesor
Letrado Municipal.
Que, según lo establecido en el Artículo 57º de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, es facultad de este Honorable Cuerpo expedirse sobre la
aceptación o rechazo de las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad ;
Por ello el
H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1: Acéptase la donación ofrecida en favor de la Municipalidad de San
Andrés de Giles, por parte de Sr. Claudio Daniel Monti, en su carácter de socio
gerente de la Empresa
Fede SRL Logística y Distribución a este Municipio, consistente en un acoplado
marca C.M. modelo RT3 SAG 13T3E dominio
SIM 458 ¸ propiedad de la firma mencionada.
Artículo 2: Previa
promulgación de la presente, el bien donado deberá ser incorporado al
Patrimonio de la
Municipalidad de San Andrés de Giles, de acuerdo a lo
dispuesto por la Ley
Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de
Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos
Aires y demás normas legales conexas.
Artículo 3: De forma.
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