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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1616/12: Donación del Club Argentino de Servicio.


ORDENANZA Nº 1616

    Visto:
                                               
El expediente nº 4101-0478/11,  iniciado a raíz de una presentación realizada por las autoridades del Club Argentino de Servicio de San Andrés de Giles, y

Considerando:
                                            
Que en la misma, manifiestan que el Club ha recibido por parte de la Fundación Banco Provincia, - en el marco del Programa de Comunidades Solidarias- la donación de un laboratorio informático, dotado de diez computadoras recicladas, para que en forma abierta, cumplan un servicio a la comunidad.
                                            
Que, es intención de la Entidad mencionada, destinar los elementos donados al Barrio San Bernardo, por lo cuál ofrecen en donación al Municipio los mismos.
                                           
Que obra en las presentes actuaciones, un dictamen de la Srta. Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, del cuál surge que el Salón de Usos Múltiples de la Sala de Primeros Auxilios del Barrio San Bernardo, es un espacio adecuado para instalar el laboratorio informático, para de este modo, brindar capacitaciones que estén al servicio de la comunidad y en especial, de los vecinos de ese barrio.
                                           
Que, también, se encuentran glosados en dichas actuaciones, sendos dictámenes del Sr. Asesor Letrado  y del Sr. Contador Municipal.
                                          
Que el artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que es facultad del Honorable Concejo Deliberante, aceptar o rechazar las donaciones o legados.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de las  atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida por las autoridades del Club Argentino de Servicio de San Andrés de Giles,  - para ser destinado al Salón de Usos Múltiples de la Sala de Primeros Auxilios del Barrio San Bernardo de esta localidad- , de un laboratorio informático dotado de diez (10) computadoras recicladas, el cuál ha sido otorgado oportunamente a la Entidad mencionada, por parte de la Fundación Banco Provincia, en el marco del Programa de Comunidades Solidarias.

Artículo 2º: Una vez promulgada la presente, incorpóranse los elementos en cuestión al Patrimonio de la Municipalidad de San Andrés de Giles.

Artículo 3º: De forma. 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 7 de junio de 2012.- 

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