ORDENANZA Nº 1609
Visto:
El
convenio de descentralización en infraestructura, cuyas actuaciones se
encuentran contenidas en el expediente nº 410-0484/11, y
Considerando :
Que
el referido convenio tiene por finalidad la refacción de la Comisaría de San Andrés
de Giles, de conformidad con las especificaciones técnicas que como Anexo I
forma parte integrante del citado convenio.
Que,
el Poder Ejecutivo de la
Provincia de Bs.As. y la Municipalidad de San
Andrés de Giles, han decidido llevar adelante acciones destinadas a la
refacción de dependencias policiales en el ámbito de este Distrito, asignando a
la Comuna para
el cumplimiento de dicho objetivo, una suma de dinero cuya afectación y
contralor estará a cargo de la
Dirección de Arquitectura Policial, dependiente del Programa
de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial, con la respectiva
rendición de cuentas en que se detallará la inversión de los fondos asignados.
Que
corresponde al Honorable Concejo Deliberante, homologar el convenio de marras,
en virtud de lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el
H.C.D. en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase
el convenio de descentralización en infraestructura, suscripto por el Sr.
Intendente Municipal de San Andrés de Giles y el Ministro de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires, que tiene por objeto la refacción
de la Comisaría
de este Distrito, de conformidad con la especificaciones técnicas obrantes en
el Anexo I del citado convenio.
Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a
suscribir toda la documentación y realizar la tramitación que resulten
necesarias para la materialización del referido convenio.
Artículo 3º: En virtud de lo establecido por el último
párrafo del Artículo 119 de la
Ley Orgánica de las Municipalidades y teniendo en cuenta que
el financiamiento emergente de la implementación del convenio, será con
recursos afectados, las ampliaciones o
creaciones de partidas presupuestarias se practicarán directamente por el
Departamento Ejecutivo, según el monto de los recursos efectivamente
autorizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados.
Artículo 4º: De forma.
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