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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1608/12: Apertura de la calle. (Quevedo).


ORDENANZA Nº 1608

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-0110; Letra D; Año:2012; y

Considerando:

Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, por la señora Alejandra Beatriz QUEVEDO referente  a la aprobación del proyecto de  “ Mensura, División  y Cesión de Calle ” correspondiente a la fracción de terreno identificado con las siguiente Nomenclatura Catastrale: Circunscripción II;  Fracción: III; Sección: A; Parcela : 2  del partido de San Andrés de Giles;
Que el proyecto, propone aperturas de calle dentro del macizo a dividir, y las mismas no se encuentran  en el trazado preventivo del Código de Ordenamiento, previéndose el trazado del sector  según se desprende del plano contenido en las actuaciones del Expediente indicado supra;
Que en la zona Complementaria Agrícola se prevén subdivisiones de  40 m de frente con una superficie de 2000 m2 , con carácter agropecuario intensivo y extensivo.

Que, en este caso particular, no resulta necesaria la cesión de espacio verde y equipamiento, por no alcanzar la subdivisión, las dimensiones de una parcela mínima.

Que, en la actualidad, la parcela se encuentra baldía, circunstancia constatada en el Acta de Inspección Nº 9703, labrada por personal de la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares del Municipio y que obra en dicha dependencia.

Que, las calles propuestas deberán cumplir con el ancho mínimo reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
                                   
Que luce a fs. 1 de las presentes actuaciones, el dictamen del Sr. Director de Planeamiento y Obras Particulares,  habiendo agregado al mismo, croquis del Sector con indicación de trazado de futuras calles ( fojas 2).
                                   
Que asimismo, ha sido incorporado dictamen del señor Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación,  construcción y conservación de  calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,  las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
                                  
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorízase la apertura de calles a ceder , según trazado que figura como anexo I y forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,  construcción  de  alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo del propietario cedente. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción  hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez   realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense las mismas al dominio municipal .

Artículo 4º: De forma.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2012.-

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