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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1552/11: Inscripcion de un inmueble.

ORDENANZA Nº 1552

Visto:

El expediente nº 2360- 0176463 2009 iniciado por el Departamento Relevamiento Gestión Territorial de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (A.R.B.A.) y

Considerando:

Que con fecha 04 de septiembre de 2009, un funcionario dependiente de la Gerencia de Servicios Administrativos de Inmuebles del Estado, se constituyó en el bien designado catastralmente como Circ. XII, Pc. 1591K del Partido de San Andrés de Giles, labrando un acta de inspección de la cuál surge que el inmueble se halla ocupado por el titular de la parcela lindera.

Que, el predio aludido es un sobrante fiscal que surge del plano nº 94-14-72, obrante en el expediente mencionado.

Que, por ese motivo, encuadra en el artículo 4º del Decreto Ley nº 9533/80 que reza: “ Constituyen bienes del dominio municipal las reservas fiscales de uso público, que se hubieren cedido a la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento y creación de pueblos como también las que se constituyan para equipamiento comunitario de acuerdo a la ley nº 8912.

Que, en consecuencia, resulta procedente incorporar al dominio municipal el referido inmueble – artículo 4º del decreto ley nº 9533/80-.

Que, obran en estos actuados dictámenes favorables del Departamento Estudio y Consistencia Dominial de Objetos Territoriales y de la Gerencia de Gestión e Información Territorial Multifinalitariade A.R.B.A.

Que es de aplicación lo establecido en el artículo 225- Capítulo V de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente, para efectivizar la primera inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia de Bs.As.

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º:Inscríbase en el Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia de Bs.As., a nombre de la Municipalidad de San Andrés de Giles, el bien designado como Circunscripción XI, Sección R, Parc.1591k, con las siguientes medidas, linderos y superficie: Al norte 135.60 mts. lindando con calle de tierra, Al Sur 148,19 mts. lindando con pc. 1605, al Oeste 774,50 mts. lindando con pc. 1591f y al Este 774,00 mts. lindando con pc. 1592. Superficie 10 has., 98 as 54 cas.

Artículo 2º:Autorízase al Sr. Intendente Municipal y/o al funcionario que éste designe expresamente, a firmar cualquier documentación que sea necesaria ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y/o a la realización de todo trámite que sea necesario tendiente al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 3º:De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de Junio de 2011.-

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