ORDENANZA Nº 128/88
ARTICULO 1: Autorizase a la ampliación de la obra propiedad del Sr. Hugo Giampietro sito en las calles Av. Rivadavia y Av. Malvinas Argentinas, de nomenclatura catastral circ. I, Secc. B, Mza. 173, Pc.17, consistente en un edificio para panadería.
ARTICULO 2: El legajo de obra se gestionara de acuerdo con las normativas vigentes.
ARTICULO 3: Los indicadores urbanísticos y demás reglamentación vigente respecto de usos y condiciones edilicias a cumplir no modificadas expresamente por la Ordenanza se mantendrán inalterables.
ARTICULO 4: la habilitación, comercial se gestionara independientemente de la presente Ordenanza, y deberá el propietario cumplir con las normas vigentes al respecto.
ARTICULO 5: De forma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario