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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

875/03: Homologar contrato direccion de cultura y educacion sesion de un inmueble (Escuela de Solis) deposito de utiles y herramientas.

ORDENANZA Nº 875


Visto:

El expediente Nº 5854-205178, iniciado por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, y;

Considerando:

Que por las actuaciones contenidas en el citado expediente, se tramita la solicitud de la Municipalidad de San Andrés de Giles referida al otorgamiento en comodato del inmueble designado catastralmente como Circ. VII, Sección A, Manzana 4, Parcela 7 de la localidad de Solis, lugar donde funcionara la EGB Nº 8 del citado distrito;

Que la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, ha dictaminado en forma favorable, sobre la petición formulada por el Municipio;

Que el destino del edificio, será la realización de tareas y actividades en beneficio de la localidad de Solis, y como depósito de útiles y herramientas municipales;

Que el H.C.D. estima muy positiva la suscripción de este contrato de comodato, teniendo en cuenta los beneficios que traerá aparejados el mismo, para esta comunidad rural;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el contrato de comodato suscripto entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, representada por la Directora General de Administración Dra. Alicia Olga Fernández y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Intendente Municipal Don Eduardo Mario Díaz, y que como anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: El presente contrato de comodato, tiene por objeto la cesión a favor de la Municipalidad y por el término de diez años, del inmueble designado catastralmente como Circ. VII, Sección A, Manzana 4, Fracción 7 de la localidad de Solis para la realización de tareas y actividades en beneficio de la citada localidad y parte como depósito de útiles y herramientas del Municipio.
Artículo 3º: De forma.

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