ORDENANZA Nº 814
Visto:
El Proyecto de Ordenanza identificado con el Nº 789, que el Honorable Concejo Deliberante sancionó con fecha 23 de octubre de 2002 ampliando el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigentes, y;
Considerando:
Que el proyecto de referencia fue vetado parcialmente por el D.E. por Decreto Nº 828/2002 del 6 de noviembre de 2002, lo que trae aparejado la configuración de un desequilibrio entre los recursos y los gastos, que es necesario reestablecer con el concurso de ambos departamentos de la Municipalidad;
Que por lo precedentemente expuesto deviene necesario ampliar el Presupuesto de Gastos en función del financiamiento aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 789/02 en vigencia;
Que es la voluntad unánime de este Honorable Cuerpo mantener el espíritu de la disposición sancionada oportunamente con relación a la reparación de los accesos pavimentados a las localidades de Azcuénaga, Villa Ruiz y Cucullú, dado que la situación de los mismos no ha mejorado a la fecha sino que por el contrario se ha visto agravada;
Que, en el veto parcial al proyecto de Ordenanza de referencia, el D.E. considera indispensable para la materialización de la reparación de los accesos objeto del presente Proyecto, la existencia de un convenio y/o coordinación de tareas con la Provincia;
Que, a los efectos de salvar la situación planteada en el considerando anterior, este Honorable Concejo Deliberante con fecha 9 de diciembre de 2002 remitió al Sr. Administrador General de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires la nota que forma parte integrante de la presente como Anexo I;
Que con fecha 13 de diciembre de 2002 el Administrador General de Vialidad respondió a la precitada nota con la misiva que forma parte integrante de la presente como Anexo II, dejando zanjada así la cuestión que diera motivo a las prevenciones que al respecto tenía el D.E.;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Increméntase el Presupuesto de Gastos vigente, creando y/o ampliando las siguientes partidas por los montos que a continuación se detallan:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
PROGRAMA 1 – ADMINISTRACIÓN
SECCION 1 – EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 – FUNCIONAMIENTO
INCISO 2 – BIENES Y SERVICIOS
P.Pal. 14 – Gastos Generales
P.Pcial. 8 – Diferencia de cotización Bocanoba.........................................................$ 100,00
FINALIDAD 4 – INFRAESTRUCTURA VIAL
PROGRAMA 1 – INFRAESTRUCTURA VIAL
SECCION 2 – EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 8 – TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
INCISO 4 – TRABAJOS PUBLICOS
P.Pal. 7 – Reparación acceso Azcuénaga...............................................................$ 19.500,00
P.Pal. 8 – Reparación acceso Villa Ruiz................................................................$ 3.500,00
P.Pal. 9 – Reparación acceso Cucullú....................................................................$ 7.000,00
Artículo 2º: Los gastos precedentemente autorizados se financiarán con la ampliación del Cálculo de Recursos vigente aprobada por Ordenanza Municipal Nº 789/02.-
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar, por sí o por terceros, tareas de mantenimiento de los caminos de la red secundaria provincial, en virtud de la autorización conferida por la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 13 de diciembre de 2002, atendiendo a la solicitud emanada de este Honorable Concejo Deliberante por nota de fecha 9 de diciembre de 2002, las que como Anexos II y I respectivamente forman parte integrante de la presente.-
Artículo 4º: De forma.
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