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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

813/02: Autorizacion para otorgar la concesion para la prestacion de servicio publico de transporte de pasajeros.

ORDENANZA Nº 813


Visto:

La respuesta del Departamento Ejecutivo a la Comunicación Nº 207 del Honorable Concejo Deliberante, con relación al estado actual de la concesión del Servicio Público del Transporte de Pasajeros en nuestro Partido, y;

Considerando:

Que en la respuesta de referencia el Departamento Ejecutivo informa que la concesión en cuestión se halla vencida y que la explotación se ha prolongado de hecho;

Que en la misma se notifica formalmente a este Honorable Cuerpo, además, que el Departamento Ejecutivo no tendría objeciones que formular a que se autorice, con carácter transitorio y hasta tanto se concrete una adjudicación definitiva, una autorización precaria para la prestación del Servicio Público del Transporte de Pasajeros en nuestro Partido;

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Concejo Deliberante estima conveniente la regularización de la situación planteada, por lo cual deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar la concesión para la prestación del Servicio Público del Transporte de Pasajeros en nuestro Partido, en los términos del Capítulo VII de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a través del mecanismo de la Licitación Pública, en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la vigencia de la presente.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a confeccionar los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones e impulsar el respectivo proceso licitatorio, con sujeción a las siguientes pautas:

a) Un plazo de concesión de quince (15) años.

b) Los recorridos y tarifas del servicio a concesionar, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 535, sancionada el 31 de mayo de 1999.

c) Previsión cláusulas de rescisión y/o aplicación de multas, en caso de incumplimientos del concesionario.

d) El concesionario del servicio deberá reunir las siguientes condiciones:

1. Registrar antecedentes en prestaciones similares.

2. Acreditar solvencia moral y patrimonial suficientes.

3. No hallarse alcanzado por las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Ley Orgánica de las Municipalidades.

4. Contar con un parque automotor cuyas unidades deberán encontrarse en perfectas condiciones de uso y reunir todos los requisitos exigibles para el transporte de pasajeros.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar un permiso precario y transitorio para la prestación del Servicio Público del Transporte de Pasajeros en nuestro Partido, durante el período que transcurra hasta el inicio de la nueva concesión que se dispone en el artículo primero de la presente, fijando las condiciones que estime convenientes para regir el mismo.
Artículo 4º: De forma.

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