ORDENANZA Nº 767
Visto:
La nota presentada por EDEN S.A. sucursal San Andrés de Giles, mediante la cual solicita la autorización de un espacio libre de estacionamiento, en el frente lindero a calle Alsina del edificio correspondiente a la sede de la empresa, y;
Considerando:
Que este Honorable Cuerpo estima conveniente disponer el espacio libre de estacionamiento vehicular requerido por EDEN S.A. sucursal San Andrés de Giles, para facilitar la maniobrabilidad de sus unidades de trabajo;
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Prohíbese el estacionamiento vehicular en mano derecha en el tramo de la calle Alsina, comprendido por el frente del edificio correspondiente a la sede de EDEN S.A. sucursal San Andrés de Giles.
Artículo 2º: Encomiéndase al D.E. realizar la señalización pertinente del lugar de la vía pública específicamente no habilitado para el estacionamiento vehicular, por el artículo precedente.
Artículo 3º: Comuníquese a la Seccional Local de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, al Tribunal de Faltas Municipal y a EDEN S.A. sucursal San Andrés de Giles.
Artículo 4º: De forma.
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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