BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

746/02: Donacion de $ 5.000.

ORDENANZA Nº 746


Visto:

La presentación formulada por el convecino Gustavo Daniel Miroglio D.N.I. 13.299.601, registrada en la Mesa de Entradas de la Municipalidad con fecha 13 de mayo próximo pasado, dando origen al expediente 4101-126/02; y

Considerando:

Que ejerciendo la representación de la Sociedad Adrián y Gustavo Miroglio, ofrecen a la Municipalidad de San Andrés de Giles, una donación efectiva de cinco mil patacones, destinados a la adquisición de enseres, alimentos y/o medicamentos necesarios para paliar la grave situación imperante, para que sean distribuidos entre personas carentes de recursos.

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece en su artículo 57, que es facultad del Cuerpo Deliberativo aceptar o rechazar las donaciones o legados ofrecidos a la Municipalidad.

Que se debe prever la ampliación del Cálculo de Recursos y en consecuencia del Presupuesto de Gastos, para concretar la erogación que surja de la adquisición, con los fondos ofrecidos, de los elementos destinados a personas de bajos recursos.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Acéptase la donación ofrecida por los señores Adrián Miroglio y Gustavo Miroglio, consistente en la suma de CINCO MIL (5000) PATACONES, destinada a la adquisición de enseres, alimentos y/o medicamentos para ser entregados a personas de escasos recursos.

ARTÍCULO 2º: El importe mencionado en el artículo anterior, deberá ser ingresado en la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:

Sección 1 – Ingresos Corrientes

Sector 1 – De Jurisdicción Municipal

Rubro 2 – Otros Ingresos

Subrubro 9 – Donaciones y/o Legados ...........................................................$ 5.000

ARTÍCULO 3º: Amplíase el Presupuesto de Gastos en vigencia con la creación de la siguiente Partida Presupuestaria:

Finalidad 5 – Bienestar Social

Programa 4 – B. Social

Sección 1 – Erogaciones Corrientes

Sector 3 – Transferencias Corrientes

Inciso 9 – Ayuda Social a Carentes de Recursos ............................... $ 5000

ARTÍCULO 4º: De forma.


Saludan a Ud. respetuosamente.

No hay comentarios: