ORDENANZA Nº 1327
Visto:
El expediente N* 2100-37254/04 iniciado por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y
Considerando:
Que en el citado proceso administrativo, se tramitó la creación de un Destacamento Policial en la localidad de Solis, en el Partido de San Andrés de Giles..
Que el tramite finalizo favorablemente mediante el dictado de la Resolución N* 1168 de fecha. 14 de julio de 2006, por la que se dispuso la creación del destacamento proyectado, el que se asentó en un terreno ubicado en la calle
San Martín n* 628 entre M. Belgrano y Juan M. de Pueyrredón de ese pueblo rural
Dada la premura que ameritaban las urgentes razones de seguridad comunitaria, la misma resolución individualizada, difería a una etapa posterior la suscripción de los contratos para consolidar la tenencia del bien asiento del destacamento.
Que se ha proyectado un convenio para la cesión de los derechos de uso del inmueble, que detenta el Municipio desde hace mas de treinta años.
Que por lo precedentemente expuesto, este Honorable Concejo Deliberante estima conveniente dar curso favorable a la tramitación referenciada, a cuyo fin es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Que es facultad de este Honorable Cuerpo, autorizar el contrato de comodato en cuestión, de conformidad a lo establecido por el art. 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por ello, el H.C.D. en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente ;
ORDENANZA
Artículo 1º:. Autorízase al Sr. Intendente Municipal Dr. Luis Alberto Ghione a suscribir el convenio que como anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza, y que tiene por objeto la cesión al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, de una parte de los derechos de uso que detenta la Municipalidad de San Andrés de Giles sobre el bien ubicado en la localidad de Solis, Partido de San Andrés de Giles, ubicado en la Circ. VII, Sección A, Mz 8 Parcela 12, para que funcione el destacamento policial de esa localidad.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias y a suscribir cualquier otra documentación con relación al contrato , objeto de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de noviembre de 2008.-
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