ORDENANZA Nº 1284
Visto:
El Expediente 4101-0645/07, iniciado por el Departamento Ejecutivo, por el cual se tramita la Concesión del Matadero Municipal; y
Considerando:
Que la puesta en marcha del matadero generará nuevas oportunidades laborales, aumentando las posibilidades de desarrollo y movilidad social de nuestros vecinos y por ende el crecimiento económico de la comunidad;
Que no median impedimentos para que se realicen actividades de faena en las instalaciones correspondientes al mismo;
Que, al respecto, se ha expedido la Asesoría Letrada de la Comuna y el Sr. Contador Municipal Interino;
Que la Secretaría de Producción y Turismo incorporó en las actuaciones de referencia el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones;
Que, por lo precedentemente expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a Concesionar el uso y explotación de las instalaciones del Matadero Municipal.-
Artículo 2º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones que, como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza-
Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las tramitaciones necesarias y a suscribir cuanta documentación resultare pertinente para el cumplimiento del objeto de la presente Ordenanza.-
Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de junio de 2008.-
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