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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1282/08: Apleacion de calle en el barrio El Candil.

ORDENANZA Nº 1282


Visto:

Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-639/07 Letra G; iniciadas por el Agrimensor Juan José González como Profesional interviniente, y

Considerando:

Que las mismas tienen su origen en la presentación referente a la aprobación del proyecto de “ Mensura, Unificación, División y cesión de calles” sobre una once fracciones de terreno identificados con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción XII, Sección B, Quinta 6, Parcelas: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 11, 12, 14 y 15 del Barrio “El Candil” jurisdicción del partido de San Andrés de Giles; de acuerdo a la nota del citado profesional;

Que el peticionante orienta su solicitud a la perspectiva de obtener salida pública para los 32 lotes diagramados en el proyecto oportunamente presentado, obrante a fs 2/3 del mentado expediente;

Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Asesoría Legal del Municipio, han emitido sendos dictámenes;

Que para generar la subdivisión planteada, proyecta la apertura de cuatro calles a ceder, no previstas en trazados preliminares y que no tienen continuidad con calles existentes;

Que las calles proyectadas cumplen los anchos mínimos establecidos por el Código de Planeamiento;

Que, conforme surge de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase la apertura de las calles a ceder –no prevista en el trazado original ni planteada su continuidad en las manzanas inmediatas- identificadas como calle intermedia entre las de Mendoza y Entre Ríos, desde Córdoba hasta Salta y calles a ceder entre Córdoba y Salta entre Mendoza y Entre Ríos, señaladas en el proyecto obrante a fojas 2/3 del expediente 4101-0639/07 – Letra G.

Artículo 2º: Las obras de infraestructura de servicios necesarias y los trabajos de movimiento de suelo, desplazamiento de alambrado y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo del propietario cedente. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, supervisará dichas obras hasta su finalización , siendo éste requisito indispensable para la emisión de certificados de deudas de las parcelas generadas generadas por dicho proyecto.

Artículo 3º: Una vez realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérese al uso público las calles abiertas, e incorpórense las mismas al dominio público municipal.

Artículo 4º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de junio de 2008.-

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