ORDENANZA Nº 1217
Visto:
El contrato de locación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Asociación Española de Socorros Mutuos, mediante el cual ésta arrienda parte de un inmueble de su propiedad sito en calle Rivadavia Nº 760 de esta ciudad y que está destinado al funcionamiento de la Secretaría de Cultura, Educación, Ecología y Medio Ambiente del Municipio; y
Considerando:
Que dicho instrumento contractual venció el día 30 de Abril de 2007;
Que es intención del Departamento Ejecutivo, continuar arrendando el edificio, puesto que se trata de la única sala de sus características en nuestra ciudad, hallándose en buenas condiciones de uso;
Que el contrato fue suscripto ad referéndum de la autorización del Honorable Concejo Deliberante en razón de que el gasto excede un ejercicio (art. 273 LOM);
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase el contrato de locación suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Asociación Española de Socorros Mutuos mediante el cual ésta arrienda el edificio del cine-teatro de su propiedad, sito en la calle Rivadavia Nº 760 de esta ciudad, por el término y en las condiciones expresadas en el convenio que, como Anexo I , forma parte de la presente.
Artículo 2º: El gasto de locación deberá imputarse en la partida presupuestaria Capítulo II: Departamento Ejecutivo, Finalidad 1: Administración Central, Programa 2: Cultura, educación, ecología y medio ambiente, Sección 1: Erogaciones corrientes, Sector 1: Funcionamiento, Inciso 2: Bienes y servicios, P. Pal. 1: “Alquileres y arrendamientos”.
Artículo 3º: Amplíase el presupuesto de Gastos vigente, ampliando la siguiente partida por el monto que a continuación se detalla:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 1 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL
PROGRAMA 2 – CULTURA, EDUCACIÓN, ECOLOGÍA Y M. AMBIENTE
SECCION 1 – EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 – FUNCIONAMIENTO
INCISO 2 – BIENES Y SERVICIOS
P.P. 1 – “Alquileres y arrendamientos” ................................................. $ 17.400,00
Artículo 4º: Tómese de la cuenta Resultados Acumulados de Ejercicios la suma de pesos diecisiete mil cuatrocientos ( $ 17.400,00) para financiar lo establecido en el Artículo anterior, incrementando el Cálculo de Recursos ampliando la siguiente partida:
SECCIÓN 4 – SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
SECTOR 12 – Saldos de Resultados Acumulados de ejercicios ......... $ 17.400,00
Artículo 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación que sea necesaria a efectos de poner en vigencia la presente Ordenanza.
Artículo 6º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que excedan el presente ejercicio, debiendo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito.
Artículo 7º: Notifíquese a la Asociación Española de Socorros Mutuos, a la Comisión de Cultura, a Contaduría, regístrese y archívese.
Artículo 8º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 15 de Agosto de 2007.-
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