ORDENANZA Nº 1044
Visto:
La presentación efectuada por el señor Secretario de Producción y Turismo del Municipio, a cargo de la Dirección de Bromatología , dando origen al expediente 4101-1155/o5 ; y
Considerando:
Que refiere la necesidad de brindar cumplimiento al artículo 7º de la Ordenanza Municipal 858/03 ,que expresa textualmente : El D.E. deberá hacerse cargo de la esterilización quirúrgica de los animales capturados que sean entregados a la Sociedad Protectora de Animales y aquellos que son recogidos por la entidad, como así también a los de propietarios de escasos recursos, mediante la implementación del sistema que oportunamente seleccione.
Que en los últimos años se advierte con preocupación un incremento notorio de
la población canina vagabunda , con el consecuente riesgo social y sanitario que esta circunstancia implica.
Que el Municipio con respecto a las zoonosis, es quien debe regir las conductas sanitarias.
Que el ritmo exponencial de reproducción de la población canina vagabunda sólo es controlable mediante la esterilización quirúrgica de los animales en edad reproductiva;
Que dicha esterilización debe realizarse en forma masiva, sistemática, extendida y gratuita;
Que a Fs.1 del referido expediente se estima la cantidad de ejemplares a esterilizar y el costo unitario de la práctica de acuerdo a los valores de plaza.
Que a la finalización del presente ejercicio el gasto por dicho concepto ascendería aproximadamente a pesos cinco mil ($ 5000).
Que en el Presupuesto de Gastos vigente no se dispone de la partida necesaria que para este tipo de erogaciones y de acuerdo a su naturaleza debería imputarse en la Finalidad 2-Programa 3,Sección 1, Sector 1, Inciso 2, Partida Principal 12, Partida Parcial 5 “Otras Retribuciones”.
Que en función del artículo 120 inciso 1 de la Ley Orgànica de las Municipalidades, se cuenta con la posibilidad que mediante Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante , se podrà hacer lugar a la autorización de créditos suplementarios utilizando el superavit de ejercicios anteriores existente en la cuenta de resultado acumulado de ejercicios.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente :
ORDENANZA
Artículo 1º: Amplíase el Presupuesto de Gastos vigente , creando la siguiente Partida Presupuestaria por el gasto que a continuación se detalla:
CAPITULO II- DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 2-SALUD PUBLICA
PROGRAMA 3-BROMATOLOGIA
SECCION 1- EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1- FUNCIONAMIENTO
INCISO 2- BIENES Y SERVICIOS
P.P. 12- Honorarios y Retribuciones a Terceros.
P.p-“ Otras retribuciones”...........................................................................$ 5.000,00
Artículo 2º: Tómese de la cuenta Resultado Acumulado de Ejercicios la suma de pesos cinco mil ($ 5.000,00) para financiar lo establecido en el artículo anterior , incrementando el Cálculo de Recursos vigente , ampliando la siguiente partida:
SECCION 4- SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR.
SECTOR 12-Saldos de Resultados Acumulados de Ejercicios.................$ 5.000,00
Artículo 3º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día treinta y uno de agosto de dos mil cinco.
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