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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1037/05: Homológar el convenio suscripto entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad.

ORDENANZA Nº 1037


Visto:

El convenio suscripto entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, para la realización del control de ausentismo y de prevención de la salud, para el personal docente de la Provincia de Buenos Aires que desempeñe sus labores en el Distrito o que residiendo en él, preste servicios en otro y/o el personal no docente que pudiera incorporarse oportunamente; y,

Considerando:

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, autorizar los convenios suscriptos por la Municipalidad;

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Homológase el convenio suscripto entre la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, para la realización del control de ausentismo y de prevención de la salud, para el personal docente de la Provincia de Buenos Aires que desempeñe sus labores en el Distrito o que residiendo en él, preste servicios en otro y/o el personal no docente que pudiera incorporarse oportunamente.

ARTICULO 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir toda la documentación que resulte necesaria tendiente al cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza.

ARTICULO 3º : De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día diecisiete de agosto de dos mil cinco

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