ORDENANZA Nº 1033
Visto:
La solicitud de los alumnos de Tercer año Polimodal del Centro Educativo para la Producción Total (C.E.P.T.) Nº 2, para adherir a la Ley 13.251 sobre Régimen de Promoción de Promoción de Pequeñas Localidades Bonaerenses, y;
Considerando:
Que la citada Ley tiene por objeto promover el desarrollo de las pequeñas localidades bonaerenses;
Que es necesario proponer a la recuperación del patrimonio histórico y la revalorización del acervo cultural;
Que resulta estratégico impulsar el asentamiento en las poblaciones rurales, evitando la migración con el objeto de preservar las características de la población, sus tradiciones y cualidades de vida;
Que la Ley 13.251 tiene por finalidad todos estos requerimientos;
Que es facultad del H.C.D. tomar intervención directo con las necesidades básicas insatisfechas de la población adhiriendo a todo régimen que intente subsanar aquellas;
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1 :El municipio de San Andrés de Giles adhiere en todos los términos a la Ley 13.251, incorporándose al Régimen de Promoción de Pequeñas Localidades Bonaerenses, creado por la citada ley.
Artículo 2º:Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que sea necesaria, tendiente al cumplimiento de lo dispuesto con los fines y objetivos de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: De forma
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