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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

240/95: Implementación de la cirugía por el método laparoscópico.

ORDENANZA N 240


VISTO:

La vigencia actual de la cirugía laparoscópica, como un avance de la medicina moderna en función de perfec cionar el cuidado de la salud; y:

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad no está en condiciones económicas de adquirir la aparatología necesaria para efectuar ese tipo de cirugía.-

Que es necesario también, capacitar a los Profesionales que practicarían el acto quirúrgico.-

Que existen ofertas de los cirujanos del Hospital Municipal San Andrés , para adquirir por cuenta propia, dicha aparatología y capacitarse por sus propios medios.-

Que la cirugía laparoscópica, aumentaría la complejidad y la capacidad del Hospital Municipal San Andrés.-

Que la implementación de cirugía por el méto-do laparoscópico, sería un elemento importante por la rapidez y ausencia de dolor en el post-operatorio inmediato, lo que permite que el paciente intervenido, pueda en 48 horas, reto-mar sus actividades normales.-

Que asimismo implicaría un beneficio económico para esta Municipalidad, puesto que la disminución del período de internación post-operatorio, determinaría una reducción del suministro de medicamentos.-

Que ese método quirúrgico, convocaría a otros pacientes de ciudades vecinas que no cuenten con establecimien tos asistenciales donde se practique el mismo.-

Que ya existe en el Hospital Municipal San Andrés , un servicio con estas características, como es el de diálisis, cuya implementación ha brindado experiencia satis-factoria a través de aportar los profesionales responsables, la aparatología necesaria, igual al caso que se pretende.-

Por ello, el H.C.D. sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1: En los casos de aquellas mutuales que abonen en forma globalizada la cirugía laparoscópica que se practique en el Hospital Municipal San Andrés, el equipo quirúrgico percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) del arancel global que corresponda a la práctica, el 25% (veinticinco por ciento) restante, ingresará como arancel sanatorial.-

ARTICULO 2: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar toda la documentación que sea necesaria a efectos de implementar presente Ordenanza.-

ARTICULO 3: De forma.-

Saludan a Ud. respetuosamente.-

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