ORDENANZA N 239
VISTO:
La Ordenanza 81/93, iniciativa de los alumnos de la escuela Nro 18, por la que se establece plantar un árbol por cada niño que nace en la comunidad, y:
CONSIDERANDO:
Que a la fecha no se han implementado acciones al respecto.-
Que sería necesario dar ua amplia difusión a la misma como así también crear conciencia en los padres del recién nacido de la importancia que reviste el tema.-
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1: Modifícase el artículo 1ro de la Ordenanza Nro 81/93 en los siguientes términos:
Invítase a cada familia en la que nazca un hijo, a que plante un árbol.-
Autorízase al D.E. a la compra de los árboles necesarios de acuerdo a los niños que nazcan de familias carecientes en el Partido, dentro de cada mes.-
ARTICULO 2: Modifícase el artículo 2do que quedará redactado de la siguiente manera:
Invítase a la Dirección del Hospital San Andrés y a la Clínica San Fernando a poner en conocimiento de la presente
a las familias de los recién nacidos, haciéndole entrega de una copia de la Ordenaza. La Dirección del Hospital enviará mensualmente al D.E. la nómina de los niños nacidos de fa-milias carecientes.-
ARTICULO 3: El D.E. hará extensiva la invitación a los padres del menor a efectos de participar en la plantación del árbol en los lugares que sean determinados por la Dirección de Obras y Servicios, pudiendo los padres colocar junto a ellos una placa que identifique al menor.-
ARTICULO 4: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario