ORDENANZA N 238
VISTO:
El proyecto presentado por Telefónica de Argentina S.A. tendientes a la instalación de cables de Fibra Optica por los que se unirá a la red Nacional con la localidad de Solis, a través de enlaces con las localidades vecinas, los que obran en el Expte. Nro. 4101-3466/95, por lo cual la empresa solici-ta el permiso de la construcción de la red local; y:
CONSIDERANDO:
Que resulta impostergable la autorización de dichos proyectos, más allá de que deban observarse los aspec-tos técnicos específicos y la normativa Municipal vigente, por la celeridad que la obra requiere y porque en definitiva, la misma introducirá los adelantos técnicos que la la fibra óp-tica ha aportado al área de las comunicaciones.
Que la concesionaria del servicio garantiza la ejecución de las obras las que serán por su cuenta y cargo.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante, san-ciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase a la Empresa Telefónica Argentina S.A. la instalación del tendido de cables de fibra óptica en la localidad de Solis, de acuerdo con el proyecto identificado como P.E. Nro. 371.120-Solis-(COOP)-ARQUETA;INSTALACION CABLE 8 F.O. obrantes en el expte. Nro. 4101-3466/95, el que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º: las obras deberán observar las reglamentaciones Municipales vigentes, respecto de roturas, reparaciones y toda otra disposición anexa y/o conexa. A sus efectos la Dirección de Obras y Servicios supervisará la ejecución de las mismas, autorizando previo a su instalación, la ubicación de los ele-mentos constitutivos de la red.-
ARTICULO 3º: las obras de cableado que atraviesen pavimentos deberán ejecutarse en túnel bajo ellos, sin afectar las con-diciones de resistencias de los mismos. No se autoriza la instalación de ningún elemento cuya ubicación y/o construcción determine la rotura de pavimentos en general.-
ARTICULO 4º: La Empresa Telefónica Argentina S.A. deberá abo-nar los cargos establecidos por la Ordenanza Impositiva vigen-te y será responsable garante por todas las actuaciones que origine la presente autorización. Finalizada la obra deberá presentar los planos conforme a obra de acuerdo a los trabajos realizados, los que una vez aprobados por la Municipalidad conjuntamente con la conformidad Municipal por los trabajos realizados liberará a Telefónica Argentina S.A. de la garantía a que alude el Artículo 4to., de la presente en lo que respec-ta exclusivamente a la ejecución de las citadas obras.-
ARTICULO 5º: Las obras deberán iniciarse dentro de los diez (10) días de promulgada la presente, estableciéndose como pla-zo final para la totalidad de las obras, incluidas reparticiones, el de treinta (30) días a partir de dicha fecha.-
ARTICULO 6º: La autorización conferida, no releva a la Empresa de la obligación de remover por su cuenta y cargo,los elemen-tos autorizados a ubicar en la Vía Pública que se encontraren emplazados de forma tal que impidieran, restringieran o afec-taran el libre uso de los inmuebles por cuyo frente se ubique la red. La Municipalidad determinará la oportunidad y el plazo para la realización de dichos trabajos por la Empresa, siempre que a su juicio ello se justifique en fundado pedido del titu-lar del bien afectado.-
ARTICULO 7º: La realización de cualquiera de las obras que se autorizan por esta Ordenanza, implica la notificación tácita y acuerdo total con los términos de la presente,de no haberse notificado la Empresa previamente.-
ARTICULO 8º: De forma.-
Saludan a Ud. respetuosamente.-
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