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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

101/92: Aprobar la obra del señor Pascual Antonio Valenza.

ORDENANZA Nº 101/92

Visto:

El Expte. Nº 4101-186/92, en virtud del cual los Sres. Pascual A. Valenza y Elida B. Silva, manifiestan la imposibilidad de construir la obra de conformidad con la ordenanza Nº 8/82, a los cuales se les había otorgado el beneficio por decreto Nº 307/89; y:

Considerando:

Que las causas esgrimidas por los peticionantes, son la imposibilidad económica de construir una propiedad, por lo cual optaron por modificar y adecuar la construcción precaria que existía en dicho terreno.

Que por decreto Nº 466/92, se dejo sin efecto la autorización conferida por el decreto Nº 307/89, en el cual se les otorgaba los beneficios de la Ordenanza Nº 8/82.-

Que la Arq. Leticia M. Paganini, se hace responsable de la presentación del legajo de obra y la realización de las obras necesarias para adecuar la precaria construcción existente en dicho terreno.

Que el emplazamiento de la construcción a adecuar implica el no cumplimiento de ciertas normas sobre retiros o distancias mínimas de fondo.

Que se encuentra agregado al expediente, el plano a empadronar y a construir presentado por la Arq. Paganini, con el dictamen del Sr. Asesor Técnico que guarda las formalidades establecidas en la Ordenanza21/80.-

Que atento que no cumplen con ciertos requisitos es necesario dictar la norma de excepción.

Ordenanza:

ARTICULO 1: Apruébese la obra propiedad de los Sres. Pascual Antonio Valenza y Elida Beatriz Silva, ubicada en la calle Rawson entre Alem y Guevara, nomenclatura catastral Circ. I, Secc. C, Mz. 266 Pc. 4, de acuerdo a planos cuya copia forma parte de la presente.

ARTICULO 2: A excepción de los indicadores modificados, la restante normativa de edificación y uso del suelo, serán respetadas.

ARTICULO 3: El solicitante deberá presentar en el plazo 30 días de promulgada la presente, el legajo de la obra de acuerdo con la Ordenanza Nº 21/80.-

ARTICULO 4: A partir de la sanción de la presente, por la que se autoriza la obra ya efectuada, cualquier modificación que se introduzca sin permiso y que no cumpla con la normativa vigente, se le aplicarán las sanciones correspondientes.

ARTICULO 5: Autorizase al Departamento Ejecutivo a visar el plano correspondiente de la obra a que alude el artículo 1ro.

ARTICULO 6: Comuníquese a los peticionantes, a la Dirección de Obras Públicas, regístrese y archívese.

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