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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

3/21: Exención de tasa de Seguridad e Higiene (1ra. cuota)

 ORDENANZA N° 3/21

VISTO: 

El expediente Nº 4101-9944-0-2021 iniciado a solicitud del señor Director de Recaudación, y              

CONSIDERANDO:            

Que expresa en su requerimiento el funcionario su voluntad de disponer la eximición de la primera cuota de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a todos los contribuyentes alcanzados por dicha obligación Municipal, cuyo vencimiento se encuentra previsto para el 24 de marzo próximo; conforme el Calendario Impositivo Aprobado por Decreto Nº 2829 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 28 de diciembre del año 2020.

Que sustenta su petición en el marco de los Decretos del Poder Ejecutivo nacional Nº 260/2020; 287/2020; 298/2020; 4/2021 y modificatorios, subsiguientes y vigentes, sobre medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, que restringen el movimiento de los ciudadanos y limitan la realización de ciertas actividades económicas.

Que dicha circunstancia torna sumamente dificultoso que un sector importante de los contribuyentes de la tasa indicada, pueda cumplir regularmente con su obligación fiscal, al ver limitados sus ingresos por la restricción de su actividad comercial;

Que en virtud de las sucesivas cuarentenas decretadas, la actividad comercial en nuestro Partido, se vio significativamente afectada en la faz económica.

Que las denominadas actividades esenciales, vienen disminuyendo significativamente sus ingresos, mientras que las actividades no esenciales, directamente en su mayoría, no obtuvieron ingresos en este período.

Que atendiendo a dicha problemática, el gobierno nacional, como así también el provincial, establecieron medidas para paliar la situación económica de los sectores productivos y comerciales.

Que es voluntad del Municipio, acompañar en la actual situación a los sectores afectados, para morigerar los efectos de la crisis, sobre aquellos contribuyentes que realizan actividades comerciales, industriales, con atención al público, etc.

Que el artículo  84 de la ordenanza fiscal vigente, establece que el régimen de diferimientos, exenciones parciales y totales se regirá por las ordenanzas vigentes o las que a tal efecto se establezcan, como así también el artículo 40 de la L.O.M., dispone que se podrá establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales, las que serán de carácter general y tendrán vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida, siempre que no resulten incompatibles con los beneficios otorgados en el orden Provincial.

Que obran en las presentes actuaciones, sendos dictámenes de la Sra. Contadora y del Sr. Asesor Letrado Municipal.            

Por ello el Honorable Concejo Deliberante, sanciona la siguiente:

                                               ORDENANZA

ARTCULO 1º: Eximir del pago de la cuota Nº 1 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del corriente ejercicio fiscal, cuyo vencimiento se encuentra previsto para el día 24 de marzo próximo, conforme el Calendario Impositivo Aprobado por Decreto Nº 2829 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 28 de diciembre del año 2020, a la totalidad de los contribuyentes que tributan dicha Tasa, en el ámbito de San Andrés de Giles.

ARTICULO 2º: Registrar. Dar amplia difusión a la presente norma, y archivar.  

 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 11 de marzo de 2021.-  

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