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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

418/20: Beneplácito por el proyecto de Ley de ejercicio y colegiación Terapia Ocupacional en la provincia.

RESOLUCIÓN Nº 418

VISTO

Que la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires dio media sanción al proyecto de ley de Ejercicio y colegiación de la terapia ocupacional en el territorio bonaerense, Nº de Exp. 897/19-20 y;

CONSIDERANDO

Que la ley Nº 27051 regula el ejercicio de la profesión de terapeutas ocupacionales, terapistas ocupacionales y licenciados en terapia ocupacional, buscando establecer el marco general del ejercicio profesional de la terapia ocupacional, basado en los principios de integridad ética y bioética, idoneidad, equidad, colaboración y solidaridad.

Que dicha ley regula las condiciones para el ejercicio de la profesión de terapista ocupacional, sus alcances, incumbencias, sus especialidades, el procedimiento de matriculación y proceso de registro de los profesionales sancionados e inhabilitados.

Que busca regular el ejercicio profesional de la terapia ocupacional en el ámbito bonaerense.

Que la creación del colegio provincial va a permitir el otorgamiento de una matrícula habilitante que categorice la profesión y le dé seguridad a quienes necesitan de los servicios así como también a las instituciones que contratan estos profesionales.

Que en palabras de la legisladora Lucia Portos autora del proyecto “es momento que los trabajadores tengan una ley para darles seguridad jurídica, ya que muchas veces se ven afectados por la falta de regulación con personas que hacen uso del título sin estar habilitados para hacerlo”.

Por ello, el HCD sanciona en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona el siguiente proyecto de:

RESOLUCION

Artículo Nº1: El honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, manifiesta su beneplácito al proyecto de ley de Ejercicio y colegiación de la terapia ocupacional en el territorio bonaerense, Nº de Exp. 897/19-20.-

Artículo Nº2: Que dicho cuerpo vería con agrado la aprobación por parte de la honorable Cámara de Senadores de la Provincia. 

Artículo Nº3: Envíese una copia a la Honorable cámara de Diputados y Senadores de la Provincia de Buenos Aires para su conocimiento.-

Artículo Nº4: Envíese una copia a los demás concejos deliberantes de los distritos de la provincia de Buenos Aires para su conocimiento.-

Artículo Nº5: Envíese una copia a la asociación de terapistas ocupacionales de la provincia de Buenos Aires (ATOPBA).-

Artículo Nº6: De Forma.- 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 20 de agosto de 2020.-

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