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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2264/20: Eximición de dos cuota la tasa de Seguridad e Higiene.

 ORDENANZA N° 2264

 Visto:

El expediente nº 4101-8255/20, y                

Considerando:

Que la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global, superaran los 11.800 casos, mientras que 110 países fueron los afectados al día 11 de marzo de 2020 y 

Que por decreto nº 260 del día 12.3.2020 se amplía en nuestro país, la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por ley nº 27541, por el plazo de un año, en virtud de la pandemia declarada. 

Que a través del DNU nº 27 el P.E.N. estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, que fue prorrogado sucesivamente por los decretos nº 325/20, 355/20, 40/20 y 459/20, hasta el 24 de mayo inclusive.

Que en virtud de las sucesivas cuarentenas decretadas, la actividad comercial en nuestro Partido, se vio  significativamente afectada en la faz económica.

Que las denominadas actividades esenciales, vienen disminuyendo significativamente sus ingresos, mientras que las actividades no esenciales, directamente en su mayoría, no obtuvieron ingresos en este período.

Que atendiendo a dicha problemática, el gobernó nacional, como así también el provincial, establecieron medidas para paliar la situación económica de los sectores productivos y comerciales.

Que es voluntad del Municipio, acompañar en la actual situación a los sectores afectados, para morigerar los efectos de la crisis, sobre aquellos contribuyentes que realizan actividades comerciales, industriales, con atención al público, etc.

Que el artículo  84 de la ordenanza fiscal vigente, establece que el régimen de diferimientos, exenciones parciales y totales se regirá por las ordenanzas vigentes o las que a tal efecto se establezcan, como asi también el artículo 40 de la L.O.M., dispone que se podrá establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales, las que serán de carácter general y tendrán vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida, siempre que no resulten incompatibles con los beneficios otorgados en el orden Provincial. 

Que obran en las presentes actuaciones, sendos dictámenes de la Sra. Contadora y del Sr. Asesor Letrado Municipal.

Por ello el .C.D. sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Eximir del pago de la cuota nº 2 de la Tasa por Seguridad e Higiene, del corriente ejercicio fiscal, a la totalidad de los contribuyentes que tributan dicha Tasa, en el Municipio de San Andrés de Giles.

Artículo 2º: Registrar. Dar amplia difusión a la presente norma, y archivar.                           

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 21 de mayo de 2020.- 

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