ORDENANZA N° 2259
El expediente Nº 4101- 7726-0-2020 mediante el cual se tramita el llamado a Licitación Pública Nº 2/2020, cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea que efectúe la recolección, traslado y disposición final de los residuos patogénicos generados en el Hospital Municipal San Andrés y los Centros de Atención Primaria de la Salud del Partido de San Andrés de Giles, conforme los términos del Decreto Municipal Nº 1061 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 13 de febrero de 2020, disponiendo el correspondiente llamado; y
Considerando:
Que el
artículo 3º del mencionado acto administrativo dispone la aprobación del Pliego
de Bases y Condiciones correspondiente,
y establece en su artículo 4º como fecha y horario para el acto de apertura de
las propuestas correspondientes, el día
19 de marzo del año 2020, a la
hora 10:00.
Que en cumplimiento a la legislación vigente, se realizó a través de dos publicaciones en un médico gráfico local y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la publicación del llamado a Licitación Pública Nº 2/2020, de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente indicado en el visto de la presente ordenanza, (Fs.27/32).
Que habiéndose realizado en la fecha y hora indicadas el acto de apertura de propuestas, y según consta en acta Nº 2/20 – De Licitación Pública- la única propuesta presentada es la que corresponde a la Empresa Econorba S.A., quién cumplió con la presentación de la documentación requerida en el Pliego de Bases y Condiciones y no es pasible de observaciones en el acto de apertura de propuestas.
Que la propuesta en estudio, consiste en:
· Un importe de pesos mil
cuatrocientos cuarenta y dos con veintiséis
($ 1.442.26) por cada contenedor de 20 kilogramos, retirados del
Hospital Municipal San Andrés.
· Un importe de pesos seis mil ciento
cuarenta y cinco ($ 6.145) por cada
contenedor de 10 kilogramos , retirados de cada centro de salud.
· Un importe de pesos mil
cuatrocientos cuarenta y dos con veintiséis
($ 1.442.26) por cada contenedor de 20 kilogramos, retirados del
Hospital Municipal San Andrés.
· Importe Total Por Mes Aproximado por todo el servicio: Quinientos cincuenta y cinco mil quinientos setenta y ocho ($ 555.578).
Que, para el caso de existir un solo oferente en la licitación, la Ley Orgánica Municipal prevé en su artículo 155 que se podrá resolver su aceptación, previa autorización al Honorable Concejo Deliberante.
Que norma similar contiene el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.
Que debe
tenerse en cuenta la conveniencia de la propuesta, como también que se trata de
la cobertura de un servicio público esencial como la salud, circunstancia que
exige actuar con la premura y diligencia del caso, para evitar la posibilidad
de quedar privado nuestro Hospital Municipal del servicio de recolección,
traslado y depósito final de los residuos patogénicos generados en el Hospital
Municipal San Andrés y Centros de Atención Primaria de la Salud, dependientes
de la Municipalidad.
Por ello,
el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la firma Econorba S.A., con domicilio en Ruta 191 entre Avalos y Canadá de la Ciudad de Salto , Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, la licitación pública N* 2/2020, cuyo objeto es la contratación de una empresa idónea que efectúe la recolección, traslado y disposición final de los residuos patogénicos generados en el Hospital Municipal San Andrés y los Centros de Atención Primaria de la Salud del Partido de San Andrés de Giles, dependientes de la Municipalidad, conforme la propuesta presentada como consecuencia del llamado a dicha licitación, en virtud de ser la única oferta presentada, considerándose la misma de evidente conveniencia a los intereses municipales.
Artículo
2º: De forma.
Dada
en Sesión Especial celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, el día 7 de mayo de 2020.-
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