ORDENANZA N° 2255
Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-6674/2019; Letra M; y
Considerando:
Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, por los Sres.Walter Marchesi, María Alejandra Veloz, Tomás Di Batista y Felipe Arriondo , referente a la aprobación del proyecto de “mensura, división y cesión de calles” , correspondiente a la fracción identificada con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I ; Secc. E, Quinta 1 Parcela 20 del partido de San Andrés de Giles.
Que, la zona donde se halla emplazada dicha parcela es Complementaria Agropecuaria (Sector 2) ,con carácter agropecuario intensivo y extensivo.
Que la misma, prevé subdivisiones de frente de 40 mts. y 2000 m2 de superficie.
Que,
debido a que el C.O.U. no contempla un trazado preventivo para dicha zona, el
proyecto propone una apertura de calle según muestra el plano de mensura
adjunto a fs. 5.
Que, las calles propuestas, cumplirán con el ancho mínimo reglamentario y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos (energía eléctrica domiciliaria, alumbrado público, arbolado urbano y desagües pluviales )
Que obra en presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares.
Que asimismo, ha sido incorporado dictamen del Sr. Asesor Letrado de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizar la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a fs. 5 del expediente nº 4101-6674/19, en virtud de lo requerido por los Sres. Walter Marchesi, María Alejandra Veloz, Tomás Di Batista y Felipe Arriondo.
Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción
de alambrados y demás obras que
demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a
exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo
Artículo 3º: Una vez
realizada la aprobación definitiva del proyecto por parte de la
Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, se libraran al uso
público las calles abiertas y se
incorporarán las mismas, al dominio municipal.
Artículo 4º: De forma.-
Dada
en Sesión Especial celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San
Andrés de Giles, el día 23 de abril de 2020.-
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