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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2163/18: Modificar retiros laterales inmueble Colegio Sagrada Familia.


ORDENANZA Nº 2163

Visto:
El expediente N° 4101-4082/18 caratulado: “COLEGIO  SAGRADA FAMILIA s/ modificación de retiros laterales”, y

Considerando:           
Que a través del mismo, el Lic.  Ignacio M. Quesada, en su carácter de Director del establecimiento educacional mencionado,  requiere la modificación de los retiros laterales establecidos por el C.O.U.T. , en la parcela donde se construirá su futura sede.

Que fundamenta ese requerimiento, en que se construirá la
segunda escuela sustentable de Argentina, y uno de los ítems para esa construcción, tiene que ver con la orientación del edificio (norte – sur), por lo que la misma debe asentarse en forma diagonal al trazado del terreno. 

Que esta circunstancia, hace que el edificio sobrepase en 3 metros el retiro lateral en ambos lados, en los sectores correspondiente a las aulas.

Que, solicitado el informe de la Dirección de Planeamiento y Obras Particulares, su titular informa que la parcela en cuestión fue donada por el Municipio y corresponde al área complementaria agropecuaria, cuyos retiros obligatorios son de 6 mts., tanto en el frente como en el fondo y laterales.

Que, específicamente la invasión que se menciona, se dá en los dos sectores de aula, y no en todo el terreno.

Que, si bien hoy la zona es complementaria agropecuaria  en el estudio de la modificación del código la misma quedó determinada como reserva urbana, por lo que no existirían inconvenientes en aplicar retiros menores, que concuerden con el actual entorno residencial de dicha zona.

Que los indicadores que se pretenden modificar, son restricciones a las edificaciones y no están alcanzadas por el decreto ley N° 8912/77, por lo que pueden ser modificadas por una ordenanza a los fines de aplicarse en la aprobación de los legajos de obra.

Que en virtud de ello, esa Dirección entiende que es posible en este caso, modificar los actuales retiros laterales obligatorios, en dicha parcela. 
          
Que es facultad del Departamento  Ejecutivo fijar criterios sobre los puntos de las normativas, sobre los cuáles no existen normas claras de aplicación.
            
Que se encuentran agregados a las presentes actuaciones, sendos dictámenes de la Directora de Planeamiento y Obras Particulares y de la Sra. Asesora Letrada Municipal. 
         
Que, este Departamento Deliberativo, por las consideraciones esgrimidas supra,  entiende factible acceder a lo requerido en las presentes actuaciones.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades legales que le son propias, sanciona la presente:
ORDENANZA

Artículo 1º: Modificanse los retiros laterales obligatorios en el inmueble identificado como Circ. II, Parcela 122d del Partido de San Andrés de Giles, quedando establecidos los mismos de la siguiente manera: Retiro lateral tres (3) metros, quedando los retiros de frente y fondo de seis (6) metros, al solo efecto y con el único objeto de la construcción de la futura sede del Colegio Sagrada Familia

Artículo 2º:   De forma.-

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 29 de noviembre de 2018.-

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